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Civiles heridos
durante enfrentamientos del Ejército y disidencias
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Menos festivos
en Colombia para el 2022
Con la llegada de diciembre, las vacaciones de fin de año, las fiestas, las
conmemoraciones y las celebraciones, también llegan los paseos familiares,
los planes de ocio y el revisar la agenda para ver qué días no hay que
trabajar y se puede disfrutar de un descanso. A pesar de las nueva variante
de covid, Ómicron, el Gobierno nacional aseguró que no será necesario cerrar
aeropuertos o, por ahora, entrar en cuarentenas, así que el turismo sigue
vigente.
En cuanto a vuelos, el director de Epidemiología y Demografía del Ministerio
de Salud y Protección Social, Julián Fernández Niño, que no se pueden tomar
medidas en el cierre de vuelos dado que aquellos lugares donde se detectan
las variantes no necesariamente son los lugares donde circula, pues con ello
se estaría discriminando y castigando a aquellos países con mayor capacidad
de vigilancia genómica y que reportan de manera disciplinada a la OMS y a
los sistemas internacionales.
“En Colombia reforzamos las medidas de vigilancia epidemiológica, genómica,
rastreo de contactos, identificación de casos sospechosos en viajeros
provenientes del sur de África y por supuesto en todos aquellos en todos
países donde Ómicron pudiera llegar a expandirse si es cierto que es más
transmisible”, agregó el funcionario.
Así las cosas y con la llegada de la temporada de vacaciones, los
ciudadanos, desde ya, están planeando cuáles son los festivos y los días de
fiesta para así poder organizar viajes, descansos y visitas. La mala noticia
esta vez es que durante el 2022 no habrá la misma cantidad de festivos a los
que estábamos acostumbrados durante el 2021.
Este es el listado completo para que se programe:
Sábado, 1 de enero: Año Nuevo
Lunes, 10 de enero: Día de los Reyes Magos
Lunes 21 de marzo: Día de San José
Jueves, 14 de abril: Jueves Santo (Semana Santa)
Viernes, 15 de abril: Viernes Santo (Semana Santa)
Domingo, 1 de mayo: Día del trabajador
Lunes 30 de mayo: Día de la Ascensión
Lunes, 20 de junio: Corpus Cristi
Lunes, 27 de junio: Sagrado Corazón
Lunes, 4 de julio: San Pedro y San Pablo
Miércoles, 20 de julio: Día de la Independencia de Colombia
Domingo, 7 de agosto: Batalla de Boyacá
Lunes, 15 de agosto: Día de la asunción de la Virgen María
Lunes, 17 de octubre: Día de la Raza
Lunes, 7 de noviembre: Día de los muertos
Lunes, 14 de noviembre: Día de la Independencia de Cartagena
Jueves, 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
Domingo, 25 de diciembre: Navidad
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Defensoría del Pueblo informó que se registran enfrentamientos entre uniformados
del Ejército y disidencias de las Farc, en zona rural del municipio de Leiva
(Nariño). De acuerdo con las primeras informaciones de las autoridades, varios
habitantes de esa zona resultaron heridos tras quedar atrapados en medio de los
combates que se vienen presentando en esa región del país.
Cabe mencionar que los lesionados fueron trasladados a varios centros
asistenciales de la ciudad de Pasto, donde reciben atención médica.
A través de su cuenta oficial en Twitter, la Defensoría del Pueblo anunció que
enviará una comisión para verificar las vulneraciones a los derechos humanos que
se han registrado en medio de dichos enfrentamientos, en medio del intercambio
de disparos entre la fuerza pública y los grupos al margen de la ley que
delinquen por el control del narcotráfico.
Se espera que en las próximas horas llegue hasta el municipio de Leiva (Nariño),
la comisión integrada por funcionarios de la Defensoría del Pueblo, con el
objetivo de emitir un informe sobre los hechos que se registraron en esa región
y las posibles vulneraciones de Derechos Humanos. Cabe recordar que en las
últimas horas fue liberado el patrullero de la Policía Nacional, Tomás Andrés
Blanco Rolón, quien había sido secuestrado por la columna móvil 'Franco
Benavides' de las disidencias de las Farc.
Ante una comisión integrada por el Comité Internacional de la Cruz Roja y la
Defensoría del Pueblo, fue dejado en libertad el uniformado que había sido
secuestrado el pasado 24 de diciembre en el municipio de Rosario (Nariño), por
ese grupo al margen de la ley.
Luego de conocerse un video de aproximadamente un minuto como prueba de
supervivencia, fue liberado el uniformado que permaneció en poder del frente
Franco Benavidez de las disidencias de las Farc, que hace presencia en la zona
rural del municipio del Rosario, en límites entre los departamentos de Nariño y
Cauca.
EPS deben dar
insumos médicos a pacientes
Corte Constitucional estableció que las Empresas Prestadoras de Salud (EPS)
deben garantizar de forma continua, permanente y oportuna, los insumos médicos
que requieran los pacientes, sobre todo si son personas de la tercera edad.
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La Corte advirtió a las EPS que, ante la ausencia de prescripciones, ordenes
o formulas médicas, las EPS están obligadas adelantar gestiones
administrativas para garantizar la entrega de los insumos médicos a los
pacientes.
En otras palabras, la EPS no pueden poner barreras administrativas como la
exigencia de una formula médica para entregar los insumos médicos que
requieran las personas.
Ese pronunciamiento lo hizo la Corte al estudiar el caso de una mujer de 86
años que padece alzheimer, diabetes mellitus, osteoartrosis, hipertensión
arterial, entre otras patologías.
La hija de la señora le pidió a su EPS el servicio de enfermería o auxiliar
de enfermería 24 horas diarias, transporte de ambulancia, una silla de
ruedas, pañitos húmedos, crema antipañalitis, crema anti-escaras y crema
para piel diabética
Sin embargo, la EPS se negó en varias oportunidades a entregar el servicio,
bajo el argumento que no había una orden medica de por medio.
“Solo puede autorizar los servicios y tecnologías que sean ordenados por
profesionales de la salud y, en este caso, los médicos tratantes no han
prescrito los insumos, ni los servicios solicitados”, señaló la EPS.
Con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, la Corte comprobó que la señora
había sido valorada por médicos tratantes que le habían ordenado los
servicios, pero que la EPS no había cumplido con esa orden.
Por eso, la Corte ordenó que en el término de 24 horas esa Empresa
Prestadora debía “autorizar y entregar los elementos de salud prescritos por
los médicos tratantes. Asimismo, tendrá 48 horas para valorar, a través de
los médicos adscritos a su entidad, si la paciente requiere crema para piel
diabética y una silla de ruedas o cualquier otra ayuda técnica que mejore su
movilidad”.
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