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Alejandro
Linares ya no hará parte de la discusión para despenalizar el
aborto |
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El alto tribunal ahora entrará a estudiar las ponencias
presentadas por los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto
Rojas Ríos, en las que se solicita despenalizar el aborto en
Colombia, el cual es legal en el país desde 2006 bajo tres
causales: grave malformación del feto incompatible con la vida,
riesgo para la salud física o mental de la madre o abuso sexual.
Cabe recordar que, de no entrar en esos causales, el aborto es
considerado como un delito, cuya pena sería de entre 16 a 54
meses de cárcel.
Un periódico de circulaciòn nacional conoció que, tanto en la
ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, como en la del
magistrado Alberto Rojas Ríos, se pide eliminar el aborto -fuera
de las tres causales- como un delito en Colombia.
En el caso del texto de 192 páginas presentado por el magistrado
Lizarazo, el diario bogotano conoció que el togado señaló que el
Estado debe despenalizar la interrupción voluntaria del aborto
en el país, pues penalizarlo no solo incide en que se practiquen
abortos inseguros, sino también, que se vulnere “la libertad de
conciencia de las mujeres” de decidir si quieren procrear o no.
“Es personalísimo, individual e intransferible, que corresponde
con una de las dimensiones de los derechos reproductivos, en
concreto, la autonomía reproductiva respecto de la cual les está
prohibido intervenir al Estado, a los particulares, haciendo uso
de la coacción o de la violencia”, se lee en la ponencia
conocida por el medio.
En cuanto al texto del magistrado Rojas, el mismo medio conoció
que el representante de la rama judicial también propone que se
despenalice el aborto pues, de acuerdo con él, es “una
restricción desproporcionada al derecho a la igualdad de las
mujeres para acceder a los procedimientos médicos para la IVE”
y, además, afecta “los derechos fundamentales a la dignidad
humana y libre desarrollo de la personalidad” de las mismas.
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Con una votación de 5-4, la Sala Plena de la Corte
Constitucional aceptó el impedimento del magistrado Alejandro
Linares de hacer parte del debate para despenalizar o no el
aborto en Colombia. Así, según conocieron los medios, no
alcanzarían los votos para declarar como inexequible el tipo
penal de aborto. El caso entraría a ser juzgado por un conjuez
que dirimiría el voto de Linares.
La decisión fue tomada con ponencia del
conjuez Hernando Yepes Arcila, quien aceptó el impedimento
presentado por el Magistrado Linares el pasado 18 de noviembre
de 2021, luego de entregar unas declaraciones a un medio de
comunicación el 11 de noviembre, las cuales, de acuerdo con él,
podrían interferir con su imagen de imparcialidad en la
discusión de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en
Colombia.
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“En ese tema uno escucha múltiples opiniones, gente muy cercana
a uno (…) o tiene los hijos de uno que le dicen: ‘papá, estoy de
acuerdo contigo en la despenalización del aborto, o no estoy de
acuerdo contigo en la despenalización del aborto, cada individuo
tiene una visión muy personal de lo que debería ser un fallo de
la Corte”, dijo en ese entonces el magistrado a un medio de
comunicación.
Frente al impedimento, el pasado 18 de noviembre de 2021 la Sala
Plena de la Corte no llegó a un acuerdo, por lo que designaron
al conjuez Yepes Arcila.
El primero de diciembre, el alto tribunal tuvo
un primera sesión, sin embargo, ese día tampoco se tomó una
decisión por lo que se suspendió el encuentro sin ninguna
votación. Ahora, un mes y medio después, la Corte Constitucional
aceptó el impedimento del magistrado Linares.
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