Suspender la
captación ilegal de dinero
Superintendencia Financiera de Colombia ordenó a Juan Sebastián
Huertas Parra y a la sociedad Aletheia Education suspender de manera
inmediata las operaciones de captación o recaudo no autorizado de
dineros del público.
Esa entidad también ordenó la devolución inmediata de los recursos
captados ilegalmente e impidió la realización de operaciones de
recaudo no autorizado de dineros del público en forma masiva, usando
cualquier modalidad, ya sea directamente o por medio de otras
personas naturales o jurídicas.
La Superfinanciera estableció además que Huertas y la sociedad
Aletheia Education asumieron pasivos con el público por la recepción
de aportes para un supuesto “Fondo de inversión” o 'Crowdfunding
Aletheia' sin contar con la debida autorización para la realización
de dichas actividades. En ese modelo, Juan Sebastián Huertas
Parra suscribía un “contrato de adhesión” y recibía los dineros los
terceros, quienes |
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no daban ninguna instrucción sobre la destinación específica de los
recursos, con la promesa de devolver la suma aportada más unos
rendimientos fijos en porcentajes del 20% a 30 días y del 100% en
150 días, sin demostrar la realización de una actividad económica
que justificara el pago de rendimientos.
Por otra parte, el ente de control ordenó a Diego Alejandro García
Suárez suspender de manera inmediata las actividades de promoción y
publicidad de productos o servicios del bróker extranjero London
Capital Group–LCG (LCG Capital Markets Limited), que son exclusivos
del mercado de valores.
Según estableció la Superintendencia, García Suárez, como
propietario del establecimiento Da Markets Company, vinculaba
personas domiciliadas en Colombia directamente a (LCG Capital
Markets Limited), con el fin de que pudiera desarrollar su negocio
como “gestor de cuentas” dentro de dicha firma, lo cual implicaba
necesariamente direccionar a sus clientes para que abrieran una
cuenta en el LCG y con los recursos que se aportaran participar en
el mercado Forex.
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