Pasaportes: no hubo conciliación entre Thomas Greg
y Cancillería
La conciliación entre Thomas Greg & Sons y la Cancillería referente al caso de
los pasaportes en Colombia resultó fallida, lo que deja al Estado expuesto a una
posible demanda millonaria.
Según la información proporcionada por la Procuraduría, no se llegó a un acuerdo
entre las partes involucradas. Aunque el comité de conciliación expresó su
disposición a llegar a un entendimiento, no se logró consenso al detallar la
ejecución del acuerdo durante las negociaciones.
Adicionalmente, se confirmó que la responsabilidad de emitir la certificación
del acuerdo y establecer los plazos de cumplimiento recaía en el comité
conciliador, pero este paso no se llevó a cabo.
En cuanto al siguiente paso, al no seguir con el proceso de licitación, la
entidad enfrentará una demanda de indemnización de 107 mil millones de pesos
presentada por la empresa oferente Thomas Greg, luego de que Leyva declarara
desierta la licitación. Las opciones eran o bien llegar a un acuerdo y continuar
con la licitación, valuada en $600 mil millones, o no conciliar y enfrentar la
demanda.
Cabe destacar que ya no habrá más instancias de conciliación, ya que esta era la
tercera reunión después de dos aplazamientos previos.
Es relevante destacar que el lunes 18 de diciembre, la Cancillería de Colombia
oficialmente aceptó la renuncia del abogado Germán Calderón España, quien
representaba al fondo rotatorio del ministerio durante las negociaciones de
conciliación en el conocido caso de las licitaciones de pasaportes con la
empresa Thomas Greg & Sons.
La carta firmada por Paola Ramírez, jefa de la Oficina Asesora Jurídica Interna
del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica: "De acuerdo con la renuncia del
poder presentada el 13 de diciembre de 2023 a las 10:19 P.M., por el doctor
Germán Calderón España, se informa que dicha renuncia se considera aceptada a
partir de esa fecha".
Este proceso de licitación también fue un factor determinante en la renuncia de
Martha Lucia Zamora, exdirectora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del
Estado, quien optó por renunciar para evitar enfrentar una demanda millonaria.
En los últimos días, se reveló una seria alerta de la Contraloría debido a
irregularidades adicionales en la Cancillería.
La resolución de la Contraloría establece: "Declarar que el Ministerio de
Relaciones Exteriores no cumplió con la obligación legal de remitir de inmediato
el expediente de Urgencia Manifiesta al organismo encargado del control fiscal,
para llevar a cabo el control automático de legalidad exigido por la normativa".
Corte ordenó a Vaupés financiar el PAE en Mitú y
Carurú
La Corte ordena al departamento de Vaupés adoptar medidas presupuestales para
garantizar el cubrimiento del PAE en instituciones
educativas de Mitú y Carurú.
La decisión obedece al estudio de una tutela que presentó la Defensoría del
Pueblo, Regional Vaupés, en contra de la Unidad Administrativa Especial de
Alimentación Escolar, el Ministerio de Educación Nacional, la Gobernación del
Vaupés y las alcaldías de Mitú, Carurú y Taraira al considerar que, para la
vigencia de 2023, los alumnos de las instituciones
educativas Escuela Normal Indígena María Reina, Integrada José Eustasio Rivera,
Departamental Inayá y Departamental de Carurú no fueron cubiertos con el PAE
En consecuencia, la Defensoría solicitó la protección de los derechos a la
educación, alimentación y la aplicación del principio de interés superior de los
niños, niñas y adolescentes. Además, solicitó que las entidades demandadas
realizaran las gestiones necesarias para aumentar el
número de cupos en el programa de alimentación de los municipios de Carurú y
Taraira.
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La autoridad judicial que conoció la
acción de tutela no accedió a las pretensiones. La Sala Segunda de Revisión de
la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés
González, al revisar la sentencia, la revocó y, en su lugar, concedió el amparo.
Se concluyó que el departamento del
Vaupés no efectuó una correcta planeación de su presupuesto para el cubrimiento
del PAE durante el año, al no destinar ninguna suma para el cubrimiento del
programa, prefiriendo otro tipo de inversiones; con ello aplicó una medida
regresiva que excluyó de dicho programa a niños y niñas, a quienes, en el año
anterior se les había reconocido la alimentación escolar.
En ese sentido, estimó que el municipio de Mitú también era responsable de la
vulneración de los derechos de los estudiantes vinculados a las instituciones
educativas Normal Indígena María Reina, Integrada José Eustasio Rivera y
Departamental Inayá.
A pesar de los compromisos adquiridos, ni el municipio de Mitú ni el
departamento brindaron las mismas raciones alimentarias entregadas en el 2022,
para el año 2023.
La Corte consideró que la Gobernación desconoció sus obligaciones en la materia,
especialmente respecto de la promoción de programas que se relacionan
directamente con la garantía del derecho a la educación para niños, niñas y
adolescentes, los cuales tienen derechos prevalentes.
Por lo anterior, la Sala de Revisión le ordenó a la Gobernación individualizar
los niños, niñas y adolescentes con derecho al PAE en las instituciones
educativas ya mencionadas y precisar el valor exacto de los costos del
cubrimiento del PAE, para lo que resta de la vigencia presupuestal del 2023. Así
mismo, ordenó evaluar la viabilidad de hacer traslados presupuestales que
permitan el cubrimiento urgente y prioritario del programa.
También, dispuso que el municipio de Mitú, en la planeación de sus presupuestos
futuros, destine un rubro de los gastos de inversión al cubrimiento del PAE, con
el fin de asegurar la correcta prestación y continuidad de este programa.
Por lo anterior, encargó a la Unidad Administrativa Especial de Alimentación
Escolar del seguimiento y vigilancia de la ejecución de los recursos
transferidos para el PAE al departamento del Vaupés, en la vigencia del año
2023.
JEP imputa por crímenes de guerra a ocho
exFARC
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó a ocho antiguos integrantes
del Comando Conjunto de Occidente o Bloque Occidental de las extintas FARC-EP
por los crímenes de guerra de toma de rehenes, homicidio, violación sexual,
tortura, atentados a la dignidad personal, tratos crueles e inhumanos y los
crímenes de lesa humanidad de otras privaciones graves de la libertad,
asesinato, desaparición forzada, tortura, y otros actos inhumanos cometidos de
manera concurrente a los secuestros que esta estructura cometió entre 1993 y
2016.
Esta es la tercera imputación, y la segunda regional, que se hace en el Caso 01,
que investiga la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros
crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP. En esta decisión, la Sala llamó
a reconocer responsabilidad a quienes comandaron la estructura que operó en el
Valle del Cauca, el Cauca, Nariño y sur del Chocó. Entre ellos, llamó a
reconocer a los máximos responsables regionales del secuestro y masacre de los
diputados del Valle del Cauca.
Como máximos responsables regionales, por liderazgo o por
participación determinante, la JEP llamó a reconocer responsabilidad a: Édgar
López Gómez, conocido como ‘Francisco González’ o ‘Pacho Chino’; Jesucristo
Jiménez Cuéllar, ‘Juvenal Rodríguez’; Juan Carlos Ramírez, ‘Sargento Pascuas’;
Gustavo Arbeláez Cardona, ‘Santiago Naya’ o ‘Santiago Cepeda’; Héctor Julio
Villarraga, ‘Gilberto Arroyave’ o ‘El Grillo’; y a las personas conocidas en la
guerrilla como ‘El Paisa’ o ‘William’; ‘Leonel Páez’ y ‘Pacho Quinto’.
A través de este Auto 08 de 2023, la Sala determinó que siete de los imputados,
los conocidos como Pacho Chino, Juvenal, Sargento Pascuas, Santiago Naya, el
Grillo y el Paisa o William, son máximos responsables regionales de los
secuestros, por su liderazgo como comandantes
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de los frentes y compañías que
componían la estructura (Frentes 6º, 8º, 29, 30 y 60) o de las columnas del
Bloque Móvil Arturo Ruiz y la Columna Móvil Jacobo Arenas que operaban en estos
mismos departamentos. Cada uno de ellos materializó en la región la política de
secuestro que trazó el antiguo Secretariado de las FARC-EP, y que se clasifica
en tres tipos: secuestros para financiar la organización, para forzar el
intercambio por guerrilleros presos y para contribuir a mantener el control
territorial.
Además, estos comandantes omitieron el control de las circunstancias que
vivieron en cautiverio los secuestrados a manos de la guardia, y que resultaron
en la comisión de los crímenes ya señalados.
En lo que se refiere al secuestro de los Diputados, la Sala imputó como máximos
responsables regionales a Gustavo Arbeláez o Santiago Naya, segundo comandante
de Frente Urbano Manuel Cepeda Vargas, que planeó y participó en la ejecución
del secuestro de los Diputados en Cali y a Héctor Julio Villarraga El Grillo,
comandante del Frente 60, frente que custodió por años, y masacró a once de los
diputados. Además, imputó a la persona conocida en la guerra como Pancho Quinto,
como máximo responsable regional por participación, en cuanto comandó el
desplazamiento de los 12 diputados de la Asamblea del Valle del Cauca durante su
desplazamiento hasta la zona de injerencia del Frente 60, desplazamiento
nombrado por los diputados como la “marcha de la muerte.”
Como parte del proceso judicial, específicamente en cumplimiento del régimen de
condicionalidad, los ocho imputados deben entregar toda la información
disponible para continuar con la búsqueda, localización e identificación y
entrega de las personas secuestradas dadas por desaparecidas que fueron
identificadas en el marco de esta investigación.
Así mismo, la Sala le ordenó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) que
identifique información sobre 27 guerrilleros que integran el Bloque Occidental
y de los que se desconoce su paradero, si están vivos o muertos, y si son o no
firmantes del acuerdo de paz.
Asesino de Michel Dayana será trasladado a cárcel
de Cómbita
El director del INPEC, coronel Daniel Gutiérrez, anunció que, en las próximas
horas, Harold Echeverry, feminicida de la menor Michel Dayana será trasladado
desde la URI de Villavicencio hasta la cárcel de Cómbita en Boyacá.
El proceso de traslado, según el coronel Gutiérrez, sigue el protocolo estándar
del INPEC, garantizando la seguridad e integridad del recluso. En sus propias
palabras, "somos garantes de la vida y de la seguridad del recluso, entonces
debemos garantizar que no le vaya a pasar nada, y su destino será la cárcel de
Cómbita".
Echeverry, tras confesar el brutal asesinato de Michel Dayana el pasado 7 de
diciembre en Cali, se convierte en el epicentro de un caso que ha suscitado
repudio y demandas de justicia. La captura del feminicida fue posible gracias a
la colaboración ciudadana y la rápida respuesta de las autoridades, evidenciando
la importancia de la participación ciudadana en la resolución de crímenes.
La adolescente de 15 años fue encontrada muerta y desmembrada en el taller
automotriz donde Echeverry trabajaba como vigilante. Tras el homicidio, el
criminal intentó huir robando una motocicleta y desencadenando una persecución
que abarcó varios departamentos.
Además del caso de Michel Dayana, las autoridades investigan otras posibles
víctimas de Echeverry, especialmente menores de edad. El secretario de Seguridad
y Justicia, Jimmy Dranguet, insta a las personas afectadas a denunciar cualquier
situación relacionada con el sujeto.
El traslado a la cárcel de máxima seguridad en Cómbita representa un paso
crucial en el proceso judicial, donde Echeverry enfrenta cargos por feminicidio
y hurto agravado. La sociedad y las autoridades exigen que este caso no quede
impune y que se aplique la máxima pena posible.
La captura y confesión de Echeverry también plantean interrogantes sobre su
libertad anterior, ya que se ha revelado que tenía antecedentes por acceso
carnal abusivo. Las autoridades buscan esclarecer por qué este individuo estaba
en libertad a pesar de tener condenas previas, subrayando la necesidad de
revisar los procesos judiciales y reforzar la seguridad ciudadana.
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