Manuel Alberto Casanova es cónsul encargado en
embajada de Alemania
Fue designado Manuel Alberto Casanova Guzmán como cónsul encargado de la
Embajada de Colombia ante Alemania en Berlín, a través del decreto 0836 de 2024
firmado por el ministro de Relaciones Exteriores, Luis Gilberto Murillo.
Casanova llegó al cargo en remplazo de Jorge Hernán Jaramillo Carmona, quien
estaba a cargo del despacho desde 2001, según la página de la función pública.
“Designar en provisionalidad al señor Manuel Alberto Casanova Guzmán en el cargo
de ministro consejero, código 1014, grado 12, de la planta global del Ministerio
de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante la República
Federal de Alemania”, se lee en el documento.
El funcionario se venía desempeñando como director de la Dirección Nacional de
Inteligencia (DNI) y salió de la entidad luego del escándalo de los pasaportes,
en el que estuvo involucrado por una posible participación en extorsiones contra
Álvaro Leyva.
De acuerdo con su hoja de vida, Casanova es filósofo de la Universidad de los
Andes con especialización en administración pública contemporánea. Se desempeñó
como consultor en proyectos con población desplazada por el conflicto armado en
PNUD y es el director de la Fundación para el desarrollo del conocimiento
Avanzar.
Al igual que el Presidente de la República, tuvo alianzas con el M-19 entre 1978
y 182 cuando se unió a un grupo estudiantil en su época universitaria. Recibió
el beneficio de indulto por haber participado en actos de terrorismo.
Anular elección de Munera como rector de U
Nacional pidió Procuraduría
La Procuraduría General de la Nación le pidió al Consejo de Estado anular la
elección de Leopoldo Munera, como rector de la Universidad
Nacional, al considerar que se infringieron las normas del debido proceso.
"Se evidencia una clara vulneración del debido proceso administrativo, habida
cuenta de que no existe una decisión judicial que haya anulado lo decidido en la
sesión extraordinaria del 21 de marzo de 2024 por el
Consejo Superior Universitario.
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Esto implica que, a la fecha, la
Universidad Nacional de Colombia cuenta con dos rectores en propiedad", indicó
la entidad.
La solicitud basada en una medida cautelar, argumenta que durante el pasado 7 de
junio, el Consejo Superior de la Universidad Nacional realizó una sesión
extraordinaria en la que se nombró al profesor Leopoldo Munera como rector de la
institución, dejando sin efecto la elección de Ismael Peña.
Es importante recordar que miembros del CSU afirmaron que el acto en el que se
designó a Peña, consignado en el Acta 05 del 21 de marzo de 2023, no tuvo
efectos jurídicos, a pesar de que fuera firmada por la Secretaría General de la
universidad, asegurando que los cuestionamientos del procedimiento aplicado para
elegir al directivo debía llevarse a cabo antes de realizar una votación.
"Para esta Delegada es claro que el CSU de la Universidad Nacional de Colombia,
al pretender retrotraer el procedimiento de elección del rector, para llevar a
cabo uno nuevo, luego de haberse efectuado ya válidamente un procedimiento
eleccionario, con su correspondiente resultado", indicó la Procuraduría.
Agregando que se infringieron las normas en las cuales debía fundarse el acto y
con ello, el debido proceso, haciendo que el nombramiento de Leopoldo Munera
como rector se deba suspender.
Arrancó puja para elegir procurador: Corte Suprema
reveló candidatos
La Corte Suprema de Justicia publicó, este lunes 15 de julio, el listado de los
60 candidatos inscritos para ser parte de la terna de la cual se elegirá el
próximo procurador General de la Nación.
La lista incluye a 60 postulantes, entre los cuales se encuentran personalidades
como Álvaro Name, expresidente del Consejo de Estado, Carmen Vásquez, Exministra
de Cultura, Germán Varón, exsenador de Cambio Radical y Jorge Otálora,
exdefensor del pueblo.
De los 60 candidatos, el alto tribunal se encargará de escoger a una persona que
se unirá a la terna, en la cual se incluyen los elegidos por parte del Consejo
de Estado y la Presidencia de la República, de los cuales el Senado podrá
seleccionar al reemplazo de Margarita Cabello en la Procuraduría.
“La Sala de Gobierno de la Corporación revisará las hojas de vida y verificará
el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de los aspirantes
inscritos e informará lo pertinente a la Sala Plena”, indicó la Corte.
Las hojas de vida de los postulantes
se encuentran publicadas y abiertas para que los ciudadanos puedan realizar
comentarios sobre cada uno de ellos, mientras la Sala de Gobierno
realizará la revisión pertinente para analizar el cumplimiento de los
requerimientos legales y constitucionales.
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El próximo 9 de septiembre iniciará el proceso de deliberación en el que podrán
sobresalir diez preseleccionados que deberán presentarse en una audiencia
pública donde podrán ser escuchados por la Sala del Alto Tribunal.
Jornada laboral se reduce otra hora a partir de
este martes
Esta semana arranca una nueva jornada laboral en Colombia, y es que según el
Gobierno nacional este 16 de julio se inicia la disminución en una hora en la
jornada. Esto a través de una ley expedida por el Ministerio del Trabajo y que
rige a partir de este 2024.
“El próximo martes 16 de julio empieza la aplicación de la Ley 2101 de 2021, por
medio de la cual se reduce la jornada máxima laboral semanal de manera gradual,
sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los
trabajadores; es decir, se podrá laborar hasta 47 horas semanales”.
La ley agrega que “modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y
establece la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la
semana. Actualmente, se hace referencia a la jornada de 48 horas. El cambio será
de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el
día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año
2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de
42 horas semanales máximas”.
Por su parte, el Ministerio del Trabajo en su momento, a través de la jefe de
esa cartera sostuvo frente a esta determinación que la ley no va a ir en
perjuicio de las empresas del país las cuales deben asumir el salario de los
empleados a pesar de la reducción de la jornada laboral. “No es perjudicial para
aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de
la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de
jornada no implica una disminución salarial”.
Sobre las dudas generadas sobre estos cambios se explica por parte del
ministerio que: “La ley 2101 de 2021 se refiere a la jornada laboral máxima de
los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a las personas
naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas y no aplica
para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado
y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo”.
Además que “la disminución de la jornada máxima laboral implica, el aumento del
valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador
continuará devengando la misma remuneración. Los empleadores deben realizar el
cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las
horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando
siempre el principio de favorabilidad”. La orden expedida por la cartera del
trabajo determina que para el 2026 la jornada no deberá superar las 42 horas
semanales.
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