6-El Imparcial

 

JUDICIAL

 

Pereira, Colombia - Edición: 13.326-906

Fecha: Sábado 07-09-2024

 

Autodefensas de la Sierra Nevada le agradecieron al Gobierno la suspensión de órdenes de captura para varios de sus miembros




En un giro significativo en el proceso de paz en Colombia, las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) han expresado su agradecimiento al Gobierno del presidente Gustavo Petro tras la reciente decisión de suspender las órdenes de captura contra varios de sus líderes. Esta medida, anunciada el jueves 5 de septiembre, es vista como un paso crucial hacia la reconciliación y la desmovilización de grupos armados al margen de la ley.

A través de un comunicado oficial, la organización armada mostró su satisfacción con la resolución de la Fiscalía General de la Nación y el Gobierno Nacional, que ha permitido el retiro de las órdenes de captura para los líderes Fredy Castillo Carrillo, alias Pinocho; José Luis Pérez Villanueva, alias Cholo; Loryin Emilio Pertuz Ballestas, alias Sebastián o York; y Orlando Pérez Ortega, alias Pataliso. En un video difundido en redes sociales, el vocero de las ACSN expresó su agradecimiento y destacó la importancia de esta decisión para avanzar en el proceso de paz.

“Dándole agradecimiento al Gobierno Nacional por la suspensión de las órdenes de captura, consideramos que este acto es vital para la búsqueda de la paz y la transformación de nuestros territorios”, manifestó el vocero. La estructura armada asumió este gesto con responsabilidad y compromiso, reiterando su disposición para continuar con los acercamientos de paz.

Además, las ACSN solicitaron formalmente el reconocimiento de su máximo líder, Carmen Evelio Castillo Carrillo, conocido como comandante Ramón, y de su jefe político, César Gustavo Becerra, alias Camilo, como voceros y representantes ante el Estado. Este reconocimiento es visto como un paso necesario para facilitar las negociaciones y asegurar una representación adecuada en los diálogos con el Gobierno.

En el comunicado, la organización también aprovechó la ocasión para desmentir su involucramiento en el secuestro de un indígena de la comunidad Kogui, quien fue retenido en el cerro de Chiruca durante un enfrentamiento con el Clan del Golfo. Las ACSN aclararon que su política siempre ha sido respetar el libre desarrollo de las actividades de los pobladores de la Sierra Nevada de Santa Marta y que su conflicto es exclusivamente con el Clan del Golfo. Exigieron la liberación del indígena Daniel Nolavita y reafirmaron su compromiso con la defensa de la comunidad local.

La resolución de suspensión de órdenes de captura, que se enmarca dentro del marco de la Ley 418 de 1997 y su modificación por la Ley 2272 de 2022, se mantendrá vigente siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la resolución Nº 335 de 2024. Esta medida permite que los líderes de las ACSN participen en las conversaciones de paz, con el objetivo de desmovilizarse, contribuir a la construcción de paz y someterse a la justicia colombiana.

El proceso será supervisado por la Consejería Comisionada de Paz, que se encargará de la comunicación formal de esta decisión a las autoridades competentes y de asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas para el reconocimiento de los líderes como representantes de las ACSN. Este avance se enmarca en los esfuerzos del Gobierno por alcanzar una paz total en el país, ofreciendo oportunidades para la reconciliación y el desarme de grupos armados.
 

Capturada mujer por extorsionar a su expareja en Quindío




En una operación conjunta del grupo Gaula de la Policía del Quindío, Gaula Militar y la
Fiscalía General de la Nación, una mujer de 37 años fue detenida en el municipio de Circasia, acusada de extorsión agravada. La operación, denominada ‘ODIN’,

 

   

surge como parte de los esfuerzos continuos para combatir la extorsión y proteger a las víctimas en la región.

El coronel Luis Fernando Atuesta, comandante de la Policía del Quindío, informó que la mujer, identificada por las autoridades, había estado extorsionando a su expareja sentimental, exigiendo un millón de pesos bajo la amenaza de atentar contra su vida y la de su familia. Ante la negativa del excompañero a cumplir con sus demandas, la mujer intensificó la presión, extendiendo sus amenazas a su exsuegra y demandando el mismo monto de dinero.

Utilizando una táctica intimidante, la acusada recurrió a terceros para realizar llamadas y enviar mensajes amenazantes, convenciendo a las víctimas de que estaban siendo vigiladas. Este método logró vulnerar la autonomía de las personas afectadas, quienes terminaron entregando quinientos mil pesos para evitar posibles agresiones.

La detenida fue presentada ante el juzgado correspondiente, donde deberá responder por los cargos de extorsión agravada. Este caso destaca el uso de tácticas coercitivas en la extorsión, poniendo de relieve la necesidad de intervención y prevención efectivas.

En una operación relacionada, el grupo de delincuencia común organizada conocido como “Los Del Sector” fue desarticulado en la ciudad de Armenia. La Fiscalía General y el GAULA del Quindío, en coordinación con el GAULA Militar, llevaron a cabo cuatro capturas por orden judicial y realizaron ocho allanamientos en la ciudad. Esta operación fue resultado de denuncias de extorsiones realizadas por este grupo en el barrio Las Colinas. Exigían entre 500,000 y un millón de pesos a los residentes bajo amenazas contra sus vidas, integridad y propiedades, logrando obtener alrededor de 100 millones de pesos mediante su actividad delictiva.

Los arrestos y las diligencias de allanamiento permitieron la captura de cuatro individuos implicados, quienes ahora enfrentan cargos por extorsión, concierto para delinquir y desplazamiento forzado.

Por otro lado, un joven de 17 años fue aprehendido por extorsión tras ser denunciado por una mujer que recibía amenazas de muerte si no pagaba dos millones de pesos. Las amenazas, dejadas en manuscritos en su residencia, llevaron a la coordinación de una entrega controlada del dinero, resultando en la captura del menor que tenía acceso a la información personal de la víctima a través de una propiedad alquilada.

La Policía Nacional y el GAULA Militar hacen un llamado a la comunidad para que confíen en las instituciones y reporten cualquier situación de extorsión a través de la línea 165, asegurando una asistencia segura y confidencial.


Fiscalía archiva proceso por omisión de socorro en caso de ingeniero atropellado tras atraco en Bogotá




La Fiscalía General de la Nación ha decidido archivar el proceso abierto por presunta omisión de socorro en el caso del ingeniero Pawel Camilo Restrepo Torres, quien falleció en la madrugada del 13 de mayo de 2022, tras ser atropellado por un vehículo en Bogotá. La decisión, tomada por la Fiscalía 28 Especializada de la unidad de vida e integridad personal, ha generado controversia, especialmente entre los familiares de la víctima que esperaban justicia por el trato recibido por los policías en el incidente.

Restrepo, de 32 años, fue víctima de un atraco en el que fue drogado y despojado de sus pertenencias. Posteriormente, se le vio deambulando y fue dejado fuera de la Clínica de Occidente por agentes policiales. Minutos después, fue atropellado por un automóvil, resultando en su muerte. El caso originó cuatro procesos distintos: uno por homicidio culposo contra el conductor del vehículo; otro por el hurto del ingeniero; un tercer proceso por falsedad personal, dado el uso indebido de sus documentos robados por los ladrones; y un cuarto por la presunta omisión de socorro de los policías.

El proceso por omisión de socorro fue iniciado tras la compulsa de copias realizada en noviembre de 2023, después de que la fiscalía que investigaba el homicidio solicitara que se investigara esta posible omisión. La Fiscalía argumentó que el archivo del caso por omisión de socorro se debió a la falta de una querella formal por parte de los herederos de Restrepo, requisito indispensable según

 

 

 

 el Código de Procedimiento Penal para proceder con este tipo de investigaciones.

“La actuación se inició por compulsa de copias y no se presentó la querella exigida por la ley para continuar con la investigación. Dado que no se cumplió con el requisito de la querella, el archivo de las diligencias es procedente”, indicó el documento de la Fiscalía. Además, la decisión de archivar el caso es definitiva y no admite recursos ordinarios, aunque la familia de la víctima aún puede solicitar la reanudación de la investigación si aportan nuevos elementos probatorios.

La decisión se ha visto acompañada por una reciente pérdida de tutela interpuesta por la familia de Restrepo, que alegaba vulneraciones a sus derechos al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia. A pesar de la controversia, la Fiscalía ha mantenido su postura, subrayando que la ausencia de una querella formal impide la continuación del proceso.

El archivo provisional del caso, dispuesto bajo el artículo 79 de la Ley 906 de 2004, deja abierta la posibilidad de que un juez de control de garantías intervenga si hay controversia sobre la solicitud de desarchivo. Mientras tanto, la comunidad y los familiares de Restrepo continúan buscando respuestas y justicia en un caso que ha evidenciado fallos en el sistema de respuesta policial y judicial.


Consejo de Estado condena al Estado por chuzadas y desprestigio contra el exmagistrado Jaime Araújo Rentería




En un fallo reciente, el Consejo de Estado ha condenado al Estado colombiano por las chuzadas y la campaña de desprestigio dirigidas contra el exmagistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araújo Rentería, en el año 2003. La decisión, emitida por la Sección Tercera del alto tribunal, revoca una sentencia de primera instancia que había absuelto a la Nación, estableciendo que el Estado debe pagar indemnización por los daños morales ocasionados a Araújo Rentería debido a la intervención ilegal en sus comunicaciones.

Según el fallo, durante el primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez, el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) creó un grupo especial conocido como G-3 con el objetivo de llevar a cabo seguimientos ilegales a particulares y funcionarios públicos. El Consejo de Estado determinó que sin la debida autorización, el DAS interceptó las comunicaciones del exmagistrado, violando su derecho a la privacidad.

El alto tribunal enfatizó que la intromisión en la vida privada de los ciudadanos y la recopilación de información sin consentimiento generan graves perjuicios morales. "La pérdida de la sensación de privacidad y la exposición a un escrutinio no deseado genera sentimientos de inseguridad, zozobra y desconfianza, similares a los que se experimentan en un robo domiciliario", indicó el Consejo de Estado en su decisión.

La sentencia detalla que Araújo Rentería tenía razones fundadas para sospechar que era objeto de seguimientos ilegales, y que las autoridades competentes no tomaron medidas para aclarar sus sospechas ni para corregir las irregularidades. El tribunal también confirmó que el grupo G-3 del DAS realizó actividades ilegales dirigidas específicamente contra Araújo Rentería mientras ocupaba su cargo en la Corte Constitucional.

El fallo establece que el Estado debe pagar 20 salarios mínimos como compensación por los perjuicios morales sufridos por el exmagistrado. Además, se ordena al Estado ofrecer excusas públicas a Araújo Rentería como medida no pecuniaria. Esta decisión subraya la gravedad de las violaciones a la privacidad y los derechos fundamentales cometidas por el DAS, resaltando la necesidad de rendición de cuentas y reparación para las víctimas de abusos estatales.

Este caso no solo pone en evidencia las prácticas irregulares del DAS durante el gobierno de Uribe Vélez, sino que también refuerza el compromiso del sistema judicial colombiano con la protección de los derechos humanos y la justicia. La condena del Estado es un recordatorio de la importancia de salvaguardar la privacidad y la integridad de los ciudadanos frente a abusos institucionales.

 

 

 

 

  

 

 

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