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POLÍTICA

 

Pereira, Colombia - Edición: 13.340-920

Fecha: Martes 01-10-2024

 

Campaña Petro: Admiten tutela del congresista Landinez contra CNE

 

 

El Tribunal Superior de Bogotá admitió la acción de tutela interpuesta por el representante a la Cámara del Pacto Histórico, Heráclito Landinez, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), en respuesta a las investigaciones por supuestas violaciones de los topes electorales durante la campaña presidencial de Gustavo Petro.

Landinez expresó que estas indagaciones están poniendo en riesgo sus derechos fundamentales y los de más de 11 millones de ciudadanos que votaron por Gustavo Petro. “El Tribunal Superior de Bogotá admitió una tutela presentada para proteger mi derecho fundamental y el de más de 11 millones de colombianos a elegir, contenido en el artículo 40 de la Constitución Nacional, que votamos por el presidente @petrogustavo y para salvaguardar la figura presidencial y la democracia, hoy en riesgo debido a las actuaciones del CNE”, afirmó el congresista en su cuenta de X.

En su argumentación, Landinez sostiene que el CNE carece de competencia para investigar al presidente de la República. “Toda investigación sobre el jefe de Estado debe ser realizada exclusivamente por la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes”, puntualizó.

La investigación del CNE, liderada por los magistrados Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, busca esclarecer presuntas irregularidades en la financiación de la campaña de Petro, incluyendo indicios de un sobrepaso de 5.355 millones de pesos en los topes electorales. En particular, se han señalado aportes de supuestas fuentes prohibidas, como los sindicatos de FECODE y la USO, que están relacionados con la empresa Ecopetrol, cuyo gerente durante la campaña fue Ricardo Roa.

El CNE tiene un plazo de un día para pronunciarse sobre la tutela interpuesta por Landinez. Además, el Tribunal ha ordenado vincular a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes para que emita un concepto sobre las afirmaciones del congresista. “En estos momentos tenemos que proteger la democracia y proteger la democracia en primer lugar es proteger el derecho fundamental a elegir y ser elegido”, agregó Landinez.

La respuesta del CNE y la evolución de este caso podrían tener un impacto significativo en la relación entre el sistema electoral y el gobierno de Petro, en un contexto marcado por la creciente polarización política en el país.

 

Retiran a Moisés Ninco como embajador de Colombia en México

 

 

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, encabezado por Luis Gilberto Murillo, oficializó el retiro de Moisés Ninco Daza como embajador en México mediante el decreto 1159, tras la ratificación de la nulidad de su nombramiento por el Consejo

 

 

 

de Estado. Esta decisión fue motivada por la falta de requisitos legales adecuados para el cargo.

 

El Consejo de Estado, en un fallo emitido el pasado mes de agosto, confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había anulado el decreto que designó a Ninco Daza. La ponencia del magistrado de la sección quinta, Omar Barreto, estableció que el funcionario no cumplía con los requisitos de experiencia necesarios para el cargo, dado que "no hizo parte de la carrera diplomática que se exige, ni cuenta con un título, maestría o los meses de experiencia en funciones diplomáticas que pide la ley".

El decreto 1159, firmado por el canciller Luis Gilberto Murillo, señala textualmente: “Retirar del servicio al señor Álvaro Moisés Ninco Daza, en el cargo de embajador extraordinario y plenipotenciario, código 0036, grado 25 de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto”.

Además de las irregularidades en la designación, el Consejo de Estado subrayó que "existió una violación al derecho de participación ciudadana" debido a que no se realizó una evaluación previa a las observaciones presentadas por el sindicato UNIDIPLO en relación con el nombramiento. La corte encontró que “no se agotó debidamente el trámite de publicidad de la hoja de vida del referido, lo que genera una fractura del principio de la democracia participativa”.

Se argumentó meses anteriores que su trayectoria no estaba a la altura de lo que se requiere para representar a Colombia en un país clave como México. Al respecto, el concejal de Bogotá, Daniel Briceño, comentó: “A Petro le tocó retirar de la embajada en México a Álvaro Moisés Ninco quien asumió ese cargo con un simple certificado de asistencia a un modelo de la ONU en la universidad”.

 

Fiscalía investiga a la oposición por supuesto hostigamiento a Hollman Morris

 

 

La Fiscalía inició una investigación preliminar contra varios integrantes de la oposición por un supuesto hostigamiento en contra de Hollman Morris, el actual director de RTVC.

De acuerdo con el documento del ente acusados, entre los indagados están el expresidente Álvaro Uribe, María Fernanda Cabal, el gobernador de Antioquia, Julián Rendón, el alcalde de Medellín Federico Gutiérrez y José Obdulio Gaviria.

 

Esta investigación se inicia luego de una denuncia que interpuso el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo tras la polémica que se originó por una entrevista de que realizó Morris apara RTVC a Leonardo Ríos, del bloque 16 y 36 del Estado Mayor Central, el pasado 31 de enero de 2024.

 

Con el documento de seis páginas, la Fiscalía dio apertura a la noticia criminal, la cual se encuentra en la recolección de pruebas.

Según la denuncia, “se está confundiendo la labor del periodista con la opinión del actor armado”.

 

 

 

Como se sabe, a través de redes sociales se generaron diferentes posturas con respecto a esta decisión. Un sector político cuestionó que le diera un espacio en televisión pública a un integrante del grupo armando.

 

Uno de los comentarios lo realizó la senadora María Fernanda Cabal, quien criticó fuertemente la entrevista.

 

"RTVC convertido en caja de resonancia de Farc. El "periodista" muy complacido, con presencia de guerrilla, pero preocupado con avance paramilitar".

 

Corte se pronunciará otra vez por demanda a Ley de Paz Total

 

 

La corte Constitucional haría esta semana un nuevo pronunciamiento sobre la llamada Ley de la Paz Total, 2272 de 2022, por la cual el Gobierno está habilitado para sostener conversaciones y negociaciones con grupos armados ilegales para su desactivación. Este miércoles, la Sala Plena tiene previsto definir una demanda contra un aparte del artículo 6°, el cual hace referencia al gabinete de paz.

El accionante demandó el parágrafo 1° del artículo 6°, que dice lo siguiente: “El Gabinete de Paz será convocado por el presidente de la República o por quien él designe, y los asuntos referidos a conversaciones, acuerdos y negociaciones con actores armados que se traten en sus sesiones, así como la información y documentos que se expidan en esta materia, podrán tener el carácter de reservados, excepto la información relacionada con la ejecución presupuestal de los ministerios”.

Agrega dicho parágrafo que a estas sesiones podrán ser invitadas las autoridades que defina el presidente de la República.

El accionante considera que la disposición acusada desconoce el derecho del acceso a la información pública, puesto que la restricción que establece no satisface las condiciones constitucionales de validez de las reservas, en especial las exigencias referentes a la claridad, la precisión, la temporalidad y la proporcionalidad.

Al respecto, la procuradora Margarita Cabello indica, en un concepto que hizo llegar a la Corte, que la misma ha explicado la validez de las excepciones legales en el acceso a la información pública, para lo cual establece 10 requisitos, como que la reserva se sujeta a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

Agrega Cabello en su concepto que el cumplimiento de los requisitos “debe analizarse a partir de una revisión sistemática del ordenamiento jurídico, puesto que el Congreso de la República no se encuentra constitucionalmente obligado a regular una materia en un mismo cuerpo dispositivo”.

Añade la procuradora que es posible “que la reserva de alguna información pública se encuentre regulada en múltiples cuerpos normativos, y por consiguiente su análisis de validez no puede fundarse en la lectura aislada de una sola norma”.

Por ello, la Procuraduría pidió a la Corte declarar exequible el parágrafo 1° de la Ley de la Paz Total.


En noviembre pasado, la Corte declaró exequible la Ley de Paz Total, aunque con algunas restricciones, como es que los presos no pueden ser gestores de paz.

 

 

 

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