8-El Imparcial

 

Resumen Política

 

Pereira, Colombia - Edición: 13.351-931

Fecha: Domingo 20-10-2024

 

Reforma laboral fue aprobada en segundo debate y pasa al Senado




Con 93 votos por el sí y 13 por el no, la reforma laboral presentada por el gobierno nacional fue aprobada en su totalidad en la Cámara de Representantes, junto con sus nuevos 8 artículos incluidos en esta discusión. Ahora tendrá que seguir su trámite en el Senado de la República.

Con un retraso de más de una hora, este jueves se dio continuidad al debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes, donde ya se ha aprobado un 90% del articulado propuesto por el Gobierno Nacional.

“Esta reforma va dirigida a que Colombia transite hacia estándares nacionales e internacionales, pero sobre todo que tenga un enfoque de derechos. Esa es la esencia de este proceso y que se cumplan los compromisos”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, al salir de la plenaria de la Cámara de Representantes, donde se realiza el segundo debate del proyecto de ley de la Reforma Laboral.

Tras dar por finalizada la diligencia durante el 16 de octubre por falta de quorum, este jueves continúa el debate con el fin de discutir el bloque de artículos restantes y las más de 100 proposiciones de artículos nuevos que podrían ser incluidos en el proyecto de ley.

Estos son los artículos aprobados hasta ahora:

Además de la aprobación del artículo 22, también se avaló el 23 que está relacionado con la monetización de la cuota de aprendizaje. De igual manera, se le dio visto bueno al 49, que amplía la licencia de paternidad de manera progresiva a cuatro semanas.

Otro artículo aprobado fue el 67, que le prohíbe la celebración de contratos sindicales que tengan por objeto la ejecución de obras o prestación de servicios a terceros. Sin embargo, los contratos sindicales vigentes al momento de la publicación de la ley podrán mantenerse hasta que los trabajadores partícipes sean beneficiarios de acuerdos de formalización laboral.

También contaron con aval el artículo 17, que trata la remuneración en días de descanso obligatorio, el cual debe ser de 100%, y se aplicará en 80% en 2025; subirá a 90% en 2026 y será plena en 2027.

Artículos eliminados

A este punto han sido eliminados un total de siete artículos. Entre ellos se encuentran los 31, 32 y 33 relacionados con el sector agropecuario que buscaban: volver indefinidos contratos agro tras pasadas 27 semanas consecutivas de trabajo, el "jornal agropecuario" con el que se planteaba un pago diario con salario y prestaciones, y las condiciones de vivienda para trabajadores del sector rural.

También fue retirado el artículo 50, el cual permitía que parejas del mismo sexo pudieran elegir quién recibiría la licencia de maternidad y de paternidad.

Hace algunas semanas la plenaria también eliminó el articulado relacionado con las indemnizaciones por despidos sin justa causa.

 

Tumban artículo del PND que otorgaba funciones a SuperTransporte

 



La Corte Constitucional tumbó el artículo 252 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del
gobierno de Gustavo Petro, el cual asignaba nuevas funciones de inspección y vigilancia a la Superintendencia de Transporte sobre las zonas de enturnamiento e infraestructura marítima y fluvial no concesionada.

La decisión fue tomada de manera unánime por los siete magistrados de la Sala Plena, bajo la ponencia del presidente de la Corte, el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.

 

Este artículo 252 otorgaba a la Superintendencia la facultad de vigilar a personas naturales y jurídicas que prestan servicios conexos al transporte en las zonas de enturnamiento —espacios diseñados

 

 

 

para el descanso y la alimentación de los conductores, que incluyen áreas de espera, compra de alimentos y servicios de baños— y sobre la infraestructura no concesionada marítima y fluvial. También establecía la supervisión de agentes marítimos y líneas navieras en relación con la prestación del servicio público de transporte en Colombia.

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el artículo debido a la violación del principio de unidad de materia, que exige que las disposiciones dentro de una ley guarden relación directa con su objeto principal. La Corte concluyó que las nuevas funciones de la Superintendencia no tenían una conexión clara con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, denominado Colombia, potencia mundial de la vida.

El fallo señaló que "no se acreditó que la vigilancia creada para la Superintendencia hacia personas naturales o jurídicas en zonas de enturnamiento e infraestructura no concesionada tuviera relación directa e inmediata con los objetivos del PND". Según la Corte, las funciones adicionales otorgadas a la Superintendencia no guardaban "conexidad estrecha, directa e inmediata" con el eje del PND relacionado con la "transformación productiva, internacionalización y acción climática".

El magistrado José Fernando Reyes, ponente de la decisión, afirmó que no se encontró que el artículo 252 tuviera relación con las estrategias establecidas en el documento Bases del Plan, ni con los proyectos contemplados en el Plan Nacional de Inversiones Públicas 2023-2026. "No se constató que la norma tuviera relación con los programas del Plan Nacional de Inversiones, que, aunque contempla múltiples proyectos, ninguno de ellos guarda relación con la competencia de inspección, control y vigilancia adicional que se pretendía otorgar a la SuperTransporte", explicó el fallo.

Además, la Corte Constitucional subrayó que la regulación de las funciones de inspección, control y vigilancia que se buscaba establecer sobre las zonas de enturnamiento y la infraestructura marítima y fluvial no concesionada debía tramitarse a través de una ley ordinaria y no mediante el Plan Nacional de Desarrollo, que es una norma especial. "La regulación de estas competencias no corresponde a la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, ya que excede los límites de su contenido y duración", precisaron los magistrados.

Esta decisión se suma a la reciente declaración de inconstitucionalidad de los artículos 211 y 212 del mismo PND, relacionados con los procesos de extinción de dominio y la administración de bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco). En esa ocasión, la Corte declaró: "Los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023 son inconstitucionales. Se difiere los efectos de la declaratoria de inexequibilidad durante un término igual al que falta para terminar la actual legislatura, es decir, hasta el 20 de julio de 2025".

El Plan Nacional de Desarrollo de Gustavo Petro es la hoja de ruta que establece las metas económicas y sociales del gobierno. No obstante, la Corte Constitucional reiteró en su fallo que las disposiciones del PND deben centrarse exclusivamente en los ejes temáticos del gobierno para su mandato y no incluir regulaciones que sobrepasen este alcance.

Por último, la Corte concluyó que las nuevas funciones de la Superintendencia de Transporte, al tratarse de una competencia permanente, requerían ser establecidas mediante una ley ordinaria. Por lo tanto, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 252 del PND, reafirmando que toda modificación o ampliación de las competencias de un ente estatal debe cumplir estrictamente con los requisitos constitucionales.

 

Positivo balance de visita del canciller Murillo a Catar




El canciller, Luis Gilberto Murillo, se mostró optimista sobre la posibilidad de una mayor inversión económica del estado de Catar en Colombia. Durante el balance de su visita a este país compartido a través de las redes sociales de la Cancillería, el diplomático calificó los encuentros como una experiencia “muy positiva”, luego de la reunión que sostuvo con el primer ministro Mohammed Bin Abdulrahman Al Tani, con quien tocó aspectos económicos y sociales de ambos países.
 

 

 
Murillo afirmó que para las partes “quedó muy claro que es muy importante que podamos obtener las inversiones necesarias para implementar el plan de transición socio-ecológica que se acaba de formular por parte de Colombia y que equivale a un monto aproximado de 40 millones de dólares”.

El canciller también sostuvo encuentros con miembros del Catar Investment Authority; con el ministro de Relaciones Exteriores de ese país, el sultán Saad Bin Al Muraikhi; además de miembros de la Qatar Foundation, todo con miras a cooperación en el marco de salud, educación, inversión en materia turística, además de reuniones con la bandera de la transición e infraestructura energética.

Además, dijo que durante el dialogo con el ministro Al Tani, este le reveló que el “mensaje de paz ha sido un mensaje valiente, sobre todo por su posición en el genocidio en Gaza y que el pueblo catarí, pero en general los pueblos árabes se encuentran agradecidos con él por sus posturas de defensa de los Derechos Humanos y de solidaridad con la causa palestina”. Asimismo, el canciller afirmó que el Gobierno estaría cerca de abrir embajada en Catar, siendo el primero de los pasos para la cooperación entre las partes.

Durante todo el recorrido Murillo estuvo acompañado del embajador de Colombia ante los Emiratos Árabes Unidos, Luis Miguel Merlano Hoyos, quien respaldó y contribuyó a los respectivos encuentros de la cancillería colombiana en Catar, atendiendo a su conocimiento en el sector, agregando además que la “línea que ha mantenido el presidente en la región nos ha abierto las puertas en el mundo árabe para poder sacar el mejor provecho para que las relaciones multilaterales se fortalezcan mucho más”.


Sigue juicio a Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos




En medio de una serie de ires y venires, se ha desarrollado el juicio al expresidente y exsenador del Centro Democrático Álvaro Uribe por presuntamente hacer parte de la manipulación de testigos. Pues advierten las investigaciones que el exmandatario habría enviado a su abogado Diego Cadena a reunirse con exparamilitares para ofrecerles prebendas y beneficios a cambio de relacionar con grupos al margen de la ley al senador Iván Cepeda.

Durante lo corrido de este año el proceso ha tenido varios episodios judiciales que mantienen la atención del país en el caso; para el mes de abril de este año, la Fiscalía acusó formalmente al expresidente Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos. Así mismo, durante el mes de agosto, el Tribunal Superior de Bogotá rechazó la solicitud de nulidad que interpuso la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por lo que el proceso en su contra continúa.

Para ese momento, el magistrado Manuel Antonio Merchán, quien fue el encargado de estudiar la solicitud de nulidad presentada por la defensa del líder natural del Centro Democrático, ratificó la decisión de la juez 44 de Circuito de Bogotá, que negó la solicitud inicialmente el pasado 24 de mayo, advirtiendo que no había méritos jurídicos para anular el proceso pues se adelantaba la investigación bajo la regulación establecidas por la ley e inmediatamente ordenó la reanudación.

Una vez, se concluyó por parte del Tribunal Superior de Bogotá que el proceso penal debía continuar, entre finales del mes de septiembre y los primeros días de octubre, han sido varios los inconvenientes que ha debido sortear la Juez 44 con funciones de Conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, para poder adelantar las audiencias de juicio. Inicialmente y en medio de las diligencias preparatorias a juicio. El expresidente se retiró molesto porque la Fiscalía ha presentado nuevo material probatorio al cual no ha tenido acceso la defensa del expresidente, frente a lo cual los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana interpusieron una acción de tutela ante el Tribunal de Bogotá para que se aplazara el juicio y hubiese posibilidad de revisar el material probatorio que ha trasladado la Fiscalía, pero esta solicitud no fue atendida.

Como se sabe, el procurador Bladimir Cuadro, le solicitó al Tribunal de Bogotá que “se protejan los derechos fundamentales del procesado, invocados por parte del accionante”. Además, en un documento dirigido al magistrado Jaime Andrés Velasco, del Tribunal Superior de Bogotá, la defensa del expresidente Álvaro Uribe solicitó un peritaje a un computador, un celular y una memoria USB, incautados a Juan Guillermo Monsalve como pruebas en el proceso, pues para los abogados aún hacen falta cerca de 80.000 documentos relacionados al caso.

 

 

 

Submit

 

 © El Imparcial Editores S.A.S  |   Contacto 57 606 347 7079 

    © 1948-2009 - 2024 - El Imparcial - La idea y concepto de este periódico fue hecho en Online Periodical Format (OPF) que es un Copyright de ZahurK.

    Queda prohibido el uso de este formato e idea (OPF) sin previa autorización escrita de ZahurK