Solo TV pública podrá transmitir consejo de
ministros: Consejo de Estado

El Consejo de Estado ordenó al presidente Gustavo Petro no transmitir los
consejos de ministros a través de canales privados, locales y regionales, sin
importar la hora, señalando que dicha difusión vulnera la pluralidad informativa
de los colombianos.
"Ordenar al Presidente de la República, a la Presidencia de la República (Dapre)
y a la CRC que, una vez notificada esta providencia, no se reincida en la
conducta vulneradora y, por consiguiente, no transmita los consejos de ministros
a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales
locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, de conformidad con los
motivos expresados en esta sentencia", se lee en el fallo.
A través de una tutela, la ciudadana María Cristina Cuéllar pidió al Alto
Tribunal garantizar su derecho a la información. El magistrado Alberto Montaña
falló a favor de la solicitud, considerando que este se vio vulnerado por la
transmisión de los consejos de ministros del Gobierno de Gustavo Petro.
El tribunal argumentó que el derecho a la información no puede ser impuesto de
manera obligatoria, sino que debe ser ejercido libremente, recordando que los
ciudadanos deben tener libre acceso a los datos de forma plural, objetiva, veraz
y oportuna.
"Al transmitir los consejos de ministros en todos los canales de televisión
abierta, se limitaba la posibilidad de acceder a otras fuentes de información y
se obligaba a los ciudadanos a consumir únicamente la información oficial del
gobierno", informó el alto tribunal.
Advirtiendo que el derecho fue cercenado cuando la información difundida es
única, sin brindar la posibilidad de tener acceso, en paralelo y en las mismas
condiciones, a diversas fuentes, así como a otros enfoques o interpretaciones de
la realidad.
Gobierno impugnará fallo del Consejo de Estado
El ministro del Interior, Armando Benedetti, informó que desde el Gobierno
Nacional impugnarán el fallo para que sea resultó en la sala plena del Consejo
de Estado.
"La decisión de no transmitir los consejos de ministros será impugnada. Una
tutela no puede ir en contra de la Ley 182 de 1995. Por una ciudadana que deba
apagar el televisor, no se puede privar a millones de personas de que se enteren
de las decisiones del Ejecutivo", afirmó a través de su cuenta en la red social
X.
Abren incidente de desacato contra la Ministra de Ambiente

El Tribunal Administrativo de Santander emitió un auto judicial en el que abre
incidente de desacato contra la ministra Lena Yanina
Estrada Añokazi, actual jefa del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), por presuntos
incumplimientos a la sentencia T-361 de 2017, que ordenó una nueva delimitación
del Páramo de Santurbán.
En la misma decisión, el tribunal cerró el trámite incidental que se adelantaba
contra la exministra Susana Muhamad González, debido a que ya no ocupa el cargo.
A partir de ahora, la responsabilidad del cumplimiento recae sobre su sucesora,
la doctora Estrada Añokazi.
El fallo indica que las órdenes de la sentencia siguen sin cumplirse, lo que
llevó al tribunal a continuar con el estudio del presunto desacato bajo una
nueva titular de la cartera ambiental.
¿Qué incumplimientos se investigan?
Según el auto, la ministra Estrada Añokazi tiene un plazo de cinco (5) días
hábiles, contados a partir de la notificación, para responder personalmente
sobre los hechos que dieron origen al incidente y explicar las acciones
adelantadas para dar cumplimiento a la sentencia.
Entre los hechos más relevantes se encuentran:
Retrasos en la fase de concertación con las comunidades afectadas.
Observaciones de la Procuraduría y
Defensoría del Pueblo sobre una grave falta
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de voluntad política para ejecutar
las órdenes judiciales.
Incumplimientos del MADS en la entrega de informes y avances dentro de los
plazos fijados.
Peticiones de comunidades y autoridades locales para suspender provisionalmente
el proceso hasta que se reconozcan los derechos del campesinado, conforme al
Acto Legislativo 01 de 2023.
El impacto legal y ambiental del desacato
El Tribunal recordó que el incumplimiento de una sentencia de tutela representa
una grave infracción al orden constitucional, y advirtió que, de confirmarse el
desacato, se podrían imponer sanciones personales a la ministra. Estas sanciones
incluyen multas económicas sobre su peculio personal, conforme al artículo 27
del Decreto 2591 de 1991.
Además, se enfatizó que las respuestas a los requerimientos deberán ser firmadas
directamente por la ministra, no por delegados ni apoderados, subrayando el
carácter personal y no institucional de este trámite.
¿Qué sigue en el proceso?
Una vez vencido el plazo para que la ministra Estrada Añokazi presente su
defensa, el Tribunal evaluará las pruebas y documentos allegados por las partes,
y procederá a programar una audiencia pública de verificación, en la que se
revisará el cumplimiento integral del fallo constitucional.
Este incidente judicial forma parte del proceso de seguimiento a la sentencia
T-361 de 2017, la cual ordenó al Gobierno Nacional redefinir la delimitación del
Páramo de Santurbán mediante un procedimiento participativo, eficaz y con
enfoque de derechos.
Contexto del conflicto
El Páramo de Santurbán, ubicado entre los departamentos de Santander y Norte de
Santander, es una de las fuentes hídricas más importantes del país. Desde hace
más de una década, comunidades, organizaciones ambientales y entes de control
han exigido su protección frente a intereses mineros y a decisiones
gubernamentales consideradas excluyentes o ineficaces.
El caso ha escalado a la Corte Constitucional, que en la sentencia T-361 de 2017
ordenó una nueva delimitación del ecosistema, con participación de todas las
comunidades involucradas. Sin embargo, las demoras e irregularidades señaladas
por las autoridades judiciales y de control han impedido el cumplimiento
efectivo de esta orden.
Por caso de injuria, Corte cita a Benedetti a
audiencia de acusación

La Corte Suprema de Justicia convocó una audiencia pública abreviada para el 24
de abril, a las 8 de la mañana, para acusar, por injuria y calumnia agravada, al
actual ministro del Interior, Armando Benedetti, por señalamientos hechos contra
Lina María Arbeláez, exdirectora del Icbf.
El proceso estará a cargo de la magistrada Blanca Nélida Barreto y se llevará a
cabo en el Palacio de Justicia.
Los hechos datan de 2022 cuando,
mientras Benedetti se encontraba en plena campaña presidencial con Gustavo Petro,
aseguró por medio de su cuenta en la red social X que "esa directora del ICBF es
un desastre y sospechosa de cualquier robo".
El caso, que estaba inicialmente en un tribunal de Bogotá, pasó a ser
competencia de la Corte a petición de la defensa de Benedetti, quienes alegaron
el cambio de condición de Armando Benedetti al convertirse en el jefe de la
cartera del Interior. De acuerdo con el alto tribunal, “opera el denominado
fuero de atracción, desplazando así al juzgado que venía adelantando las
diligencias y adquiere esta Sala Especial competencia durante el periodo en que
el procesado detente tal calidad”.
En el marco de este caso, el pasado 11 de diciembre de 2024 la
Fiscalía presentó un documento con la lista de trinos realizados por el
funcionario en contra de la exdirectora, luego de que ambas partes fueran
citadas a una diligencia de conciliación un año anterior y Benedetti no
acudiera. Con esta, son al menos tres acusaciones en marcha contra el ministro,
quien además provocó un revolcón en el gabinete presidencial.
Tráfico de influencias
En otros dos procesos, Benedetti también fue acusado por presunto tráfico de
influencias. Inicialmente, la Corte Suprema de Justicia abrió la investigación
por una
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supuesta participación indebida en procesos contractuales del
Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade).
Equidad de género, clave en confección de terna
para Corte Constitucional

La corte Suprema de Justicia inició el proceso de selección para el nuevo
magistrado en Corte Constitucional, y para ello admitió a más de 40 aspirantes
para integrar la terna que irá al Senado de la República para el nuevo
magistrado de la Corte Constitucional en reemplazo de Diana Fajardo.
Por ese Alto Tribunal, se confirmaron varias personalidades entre quienes
destacan Jorge Perdomo, exvicefiscal general, el exfiscal Gabriel Jaimes, la
exprocuradora Patricia Telles, y la exministra Carmen Inés Vásquez. Por lo
pronto, del total de los 47 preseleccionados quedarán los nombres de una lista
definitiva de la cual se revelarán los preseleccionados a más tardar el próximo
24 de abril, para después determinar la terna que irá al Congreso.
Cabe señalar que el pasado 9 de abril, esa alta corporación cerró el plazo para
interponer recurso de reposición contra el listado de inadmitidos, porque
inicialmente, 89 aspirantes se postularon, pero 42 fueron descartados por no
cumplir con los requisitos exigidos, se espera que la lista definitiva quede
integrada por más 12 candidatos. Así las cosas, este Diario consultó con varios
juristas sobre las opciones de quienes pretenden alcanzar el cupo de la terna
por ese tribunal. El abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, explicó
“entre la Corte Suprema, el Consejo de Estado y la Presidencia de la República,
deben conformar la terna sobre la cual elige el Congreso al nuevo magistrado”.
Luego agrega que “la Corte Constitucional está compuesta por 9 magistrados; 3
son nominados por la Corte Suprema; 3 los nomina el Consejo de Estado y 3 los
nomina el presidente. En este caso es la Corte Suprema la que determina la terna
y el Senado elige. El pleno de la Corte va a mirar la hoja de vida de cada
candidato y que tenga el conocimiento y la experiencia para abordar un cargo de
esas características. Los magistrados van a tomar en cuenta la experiencia en
cargos penales, la trayectoria en entidades como ministerios, fiscalía,
magistrados auxiliares, viceministerios, eso será relevante al momento de
analizar los candidatos y si eso se ajusta al cargo de magistrado en la Corte
Constitucional”.
Otra mujer llegaría a la Corte Constitucional
La magistrada Diana Fajardo, finaliza el periodo de 8 años en la Corte
Constitucional, y en ese sentido, EL NUEVO SIGLO confirmó que esta terna tendría
mínimo dos candidatas, pues la vacante la deja una magistrada, esto, siempre y
cuando el pleno de los magistrados no considere conformar la terna con solo
mujeres. Cabe destacar que este Medio consultó con el exmagistrado y
expresidente de la Corte Suprema Gustavo Gómez Aranguren quién aseguró “que esa
candidatura va por cuenta enteramente de la Corte Suprema de Justicia. La
inscripción hizo superar unas fases para el cumplimiento de requisitos. Los
magistrados deben estudiar las hojas de vida de los admitidos y se convoca la
audiencia pública, de ahí se determina la terna que debe ser mayormente de
mujeres, en una selección realizada por el pleno de la Corte”.
De igual manera, el exmagistrado agregó que “los magistrados tienen perfecta
autonomía que fue confiada constitucionalmente para todas las corporaciones
judiciales a fin de realizar la designación. Se espera que la terna sea
completamente integrada por mujeres y que el Senado pueda elegir, a fin de que
se mantenga la paridad de género en la Corte Constitucional, lo que sería un
bien para el país”.
Según la Ley 581 del año 2000, Ley de Cuotas, señala que el 30% de cargos y
órganos del poder público deben ser ocupados por mujeres. Pues establece
garantizar que las mujeres tengan acceso a cargos de elección popular y a
espacios de decisión a través de un principio que busca que hombres y mujeres
tengan igualdad de oportunidades en ámbitos como la política, la economía y la
sociedad.
Así mismo, este Periódico, consultó al exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo quien
explicó que se siente optimista sobre el desarrollo de la preselección, pese a
los nombres de importantes personalidades que aparecen como inscritos y que
tienen trayectoria pública. Cómo se sabe, el más reciente nombramiento se
confirmó con el magistrado Miguel Polo Rocero quien llegó a la Corte
Constitucional el pasado mes de febrero.
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