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POLÍTICA

 

Pereira, Colombia - Edición: 13.479-1059

Fecha: Sábado 03-05-2025

 

Libertad para el exsenador Ciro Ramírez ordena Corte Suprema




En un sorpresivo giro judicial, la Corte Suprema de Justicia ordenó este viernes 2 de mayo de 2025 la libertad del exsenador del Centro Democrático, Ciro Alejandro Ramírez Cortés, quien se encontraba detenido en la cárcel La Picota mientras avanzaba una investigación en su contra por presuntos delitos relacionados con corrupción en contratos estatales.

La determinación fue adoptada por la Sala de Primera Instancia del alto tribunal y difundida inicialmente por la revista Semana. Según el fallo, la medida de aseguramiento contra Ramírez fue revocada bajo el argumento de que ya había cumplido su propósito procesal: evitar la obstrucción a la justicia. La Corte dejó claro que la libertad será efectiva solo si el excongresista no es requerido por otras autoridades judiciales.

Ramírez enfrenta cargos por concierto para delinquir agravado, cohecho e interés indebido en la celebración de contratos. Es señalado de participar en una red que habría manipulado al menos 15 contratos públicos en los departamentos de Tolima, Quindío y Valle del Cauca, en el marco del escándalo conocido como “Las Marionetas”. Los contratos habrían sido direccionados a través del Departamento de Prosperidad Social durante el gobierno del expresidente Iván Duque.

A pesar de seguir vinculado judicialmente al proceso, la libertad de Ramírez marca un momento clave en este caso de alto perfil. La decisión ocurre casi dos meses después de que la Procuraduría General de la Nación solicitara a la Corte emitir un fallo condenatorio en su contra, el pasado 6 de marzo.

El exsenador, una de las figuras más visibles del uribismo en el Congreso, ha sido centro del escándalo que involucra a otros políticos y exfuncionarios, acusados de integrar una estructura para el direccionamiento irregular de contratos estatales a cambio de beneficios económicos y políticos.

En su decisión, firmada por la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila, la Corte negó la libertad por vencimiento de términos, pero sí revocó la medida de aseguramiento, argumentando que “resulta innecesaria” en este momento procesal. Además, la resolución establece que Ramírez deberá comprometerse formalmente a comparecer ante las autoridades cada vez que sea requerido.
El fallo reabre el debate sobre las garantías judiciales y la celeridad de los procesos en casos de corrupción, especialmente cuando se trata de figuras con poder político.
 

Por supuestas chuzadas, Álvaro Uribe renunció a preclusión en caso hacker




En un giro inesperado dentro de uno de los procesos judiciales más emblemáticos de la última década en Colombia, el expresidente Álvaro Uribe Vélez anunció este viernes, 2 de mayo, que renuncia de manera voluntaria a la
prescripción del proceso que se le sigue desde 2014, relacionado con el escándalo de interceptaciones ilegales a los negociadores del proceso de paz en La Habana, Cuba.

Durante una audiencia celebrada en la Fiscalía General de la Nación solicitó a una jueza de conocimiento la preclusión
del caso por el delito de concierto para delinquir agravado, argumentando que el término legal para continuar con la investigación ya se había cumplido.

 

Sin embargo, el ente acusador aclaró que seguirá adelante con la investigación por otros tres delitos: uso de software
 

 

 

 malicioso, violación de datos personales y acceso abusivo a un sistema informático, todos agravados.

Frente a esta solicitud, el exmandatario tomó la palabra y pidió expresamente que no se aceptara la solicitud de la Fiscalía. “Ruego a usted no aceptar esta solicitud de preclusión. Me permito renunciar a la prescripción y voy a dar solamente una razón, señora juez: Está aprobado que yo me enteré de esos temas cuando aparecieron por los medios de comunicación. Nunca tuve participación”, afirmó Uribe.

Desde su vinculación al proceso en 2014, el expresidente ha defendido su inocencia, negando cualquier conocimiento o participación en los hechos. Estas acciones fueron atribuidas principalmente a integrantes de la campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga, dentro de la cual operaba el hacker Andrés Sepúlveda, condenado a diez años de prisión por su rol en la obtención ilegal de información y sabotaje al proceso de paz del entonces presidente Juan Manuel Santos.

La defensa del exmandatario, liderada por el abogado penalista Jaime Granados, insistió en la necesidad de una pronta decisión judicial, subrayando el impacto personal y político que ha tenido el proceso sobre su cliente. “Ya ha sufrido bastante el doctor Álvaro Uribe Vélez con las demoras del sistema de justicia en responder a su reclamo”, expresó.

Granados también destacó que, al renunciar Uribe a su derecho a la prescripción, lo procedente es que se continúe con el ejercicio de la acción penal hasta una decisión de fondo. La jueza deberá ahora pronunciarse sobre esta inédita petición, que podría reconfigurar el curso de un caso que ha sido símbolo de las tensiones políticas y judiciales en el país.


Piden sancionar a Petro por irrespetar fallo sobre consejo de ministros




María Cristina Cuéllar, accionante de la tutela que originó la regulación de las transmisiones televisivas de los consejos de ministros en canales privados, ha solicitado ante el Consejo de Estado la apertura de un incidente de desacato contra el presidente de la República, Gustavo Petro.

La petición se basa en una reciente intervención televisada del mandatario, a quien Cuéllar acusa de haber transgredido nuevamente los límites establecidos por el fallo judicial.

La intervención en cuestión, según la tutelante, no se trató de una alocución presidencial legítima, sino de un espacio extensivo y politizado en el que Petro habría abusado de su investidura para atacar decisiones judiciales, medios de comunicación y gremios económicos, en lugar de centrarse en la situación de salud pública relacionada con la fiebre amarilla. “Lo sucedido en realidad no fue una alocución, sino una intervención extensa, orientada inicialmente a criticar el fallo de tutela…”, se lee en el documento presentado por Cuéllar.

Además, la solicitud critica que la transmisión incluyó a otros funcionarios del gobierno y careció de contenido técnico o preventivo sobre la fiebre amarilla, a pesar de haber sido presentada bajo ese pretexto. Para Cuéllar, esto constituye una burla a la orden de amparo emitida por el Consejo de Estado, lo que evidenciaría un desprecio por la institucionalidad y la ley.

La accionante califica la actuación del presidente como una “maniobra” para evadir el cumplimiento de la tutela, representando un “claro abuso de poder presidencial”. Por ello, exige medidas preventivas y sancionatorias que eviten futuras vulneraciones a los derechos fundamentales que, según ella, están siendo menoscabados por la conducta del Ejecutivo.

Entre las propuestas incluidas en el escrito, Cuéllar plantea la implementación de sanciones “creativas”, como permitir a los canales privados desvincularse de este tipo de transmisiones sin temor a represalias, así como la imposición de multas o incluso arrestos, si fuera necesario.

Antecedentes jurídicos

El caso tiene como base una tutela fallada por
el Consejo de Estado en la que se estableció que las intervenciones del presidente a través de los canales privados

 

 

 

 deben cumplir criterios de necesidad, proporcionalidad y contenido institucional. El fallo surgió a raíz de la creciente utilización de estos espacios por parte del gobierno para transmitir consejos de ministros y otras actividades de índole política, lo que fue considerado una vulneración al equilibrio informativo y al derecho de los medios privados a determinar su programación.

El Consejo de Estado ordenó que toda intervención del Ejecutivo en los canales privados debía ceñirse estrictamente a los fines establecidos por la ley, especialmente los definidos en el artículo 189 de la Constitución, que permite al presidente dirigirse a la nación en circunstancias excepcionales mediante alocuciones institucionales. El uso excesivo o con fines proselitistas de estas transmisiones fue considerado inconstitucional por exceder los límites del poder ejecutivo en medios de comunicación privados.

Este antecedente se convirtió en un precedente jurídico relevante sobre la regulación del uso del espectro electromagnético por parte del gobierno, subrayando que su uso debe respetar los principios de pluralismo, neutralidad y libertad de prensa. La solicitud de desacato actual se enmarca precisamente en este contexto, al considerar que la reciente intervención presidencial vulnera lo dispuesto en dicho fallo.


En mayo habrá elección atípica de alcalde en seis municipios




Este domingo tendrán lugar tres elecciones de alcalde en el departamento de Boyacá en los municipios de Duitama, Nuevo Colón y La Victoria. En este mes también se verificarán comicios atípicos en Tolima, Santander y La Guajira.

La Registraduría Nacional informó que en la elección de alcalde de Duitama, un total de 96.490 ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto. Se instalarán 245 mesas, distribuidas en 22 puestos de votación.

El Consejo de Estado anuló la elección del alcalde de este municipio, José Bohórquez López, por incurrir en doble militancia.
En el municipio de Nuevo Colón, 4.921 ciudadanos están habilitados para votar. La Registraduría instalará un puesto de votación, que estará conformado por 13 mesas.

El Consejo de Estado tumbó la elección de la alcaldesa Alba Marantá porque en los comicios de octubre de 2023 votaron personas no residentes en este municipio.

En La Victoria, 1.608 ciudadanos podrán votar para elegir a su mandatario. La Registraduría Nacional instalará 6 mesas de votación, distribuidas en 3 puestos.

El Consejo de Estado también dejó sin efecto la elección del alcalde de este municipio, Alcides Pabón, porque hubo trashumancia en la votación. Es decir, en La Victoria sufragaron ciudadanos que allí no residían.

En tanto que el 18 de mayo se producirán elecciones atípicas en el municipio de Coyaima (Tolima), en el municipio de Oiba (Santander) y en La Jagua del Pilar (La Guajira).

En Coyaima, 18.905 ciudadanos podrán acudir a las urnas para elegir a su alcalde. La Registraduría Nacional instalará 54 mesas, distribuidas en 10 puestos de votación.

La elección del alcalde de este municipio, Oswaldo Alape Arias, fue anulada por el Consejo de Estado por doble militancia, es decir, apoyar candidatos que no son de su partido.

En Oiba, 9.945 ciudadanos están habilitados para votar. Se instalarán 3 puestos de votación, que estarán conformados por 27 mesas.


Son necesarias nuevas elecciones en esta localidad porque el Consejo de Estado declaró nula la elección del alcalde Elkin Reyes porque en 2023 votaron personas de otros municipios, lo que también se conoce como trasteo de votos.

En la elección de alcalde de La Jagua del Pilar, un total de 4.473 ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto. La Registraduría Nacional instalará 12 mesas, distribuidas en 2 puestos de votación.

El Consejo de Estado declaró nula la elección del alcalde José Morón al llegar a la conclusión de que incurrió en doble militancia.

 

 

 

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