Libertad para el exsenador Ciro Ramírez ordena
Corte Suprema

En un sorpresivo giro judicial, la Corte Suprema de Justicia ordenó este viernes
2 de mayo de 2025 la libertad del exsenador del Centro Democrático, Ciro
Alejandro Ramírez Cortés, quien se encontraba detenido en la cárcel La Picota
mientras avanzaba una investigación en su contra por presuntos delitos
relacionados con corrupción en contratos estatales.
La determinación fue adoptada por la Sala de Primera Instancia del alto tribunal
y difundida inicialmente por la revista Semana. Según el fallo, la medida de
aseguramiento contra Ramírez fue revocada bajo el argumento de que ya había
cumplido su propósito procesal: evitar la obstrucción a la justicia. La Corte
dejó claro que la libertad será efectiva solo si el excongresista no es
requerido por otras autoridades judiciales.
Ramírez enfrenta cargos por concierto para delinquir agravado, cohecho e interés
indebido en la celebración de contratos. Es señalado de participar en una red
que habría manipulado al menos 15 contratos públicos en los departamentos de
Tolima, Quindío y Valle del Cauca, en el marco del escándalo conocido como “Las
Marionetas”. Los contratos habrían sido direccionados a través del Departamento
de Prosperidad Social durante el gobierno del expresidente Iván Duque.
A pesar de seguir vinculado judicialmente al proceso, la libertad de Ramírez
marca un momento clave en este caso de alto perfil. La decisión ocurre casi dos
meses después de que la Procuraduría General de la Nación solicitara a la Corte
emitir un fallo condenatorio en su contra, el pasado 6 de marzo.
El exsenador, una de las figuras más visibles del uribismo en el Congreso, ha
sido centro del escándalo que involucra a otros políticos y exfuncionarios,
acusados de integrar una estructura para el direccionamiento irregular de
contratos estatales a cambio de beneficios económicos y políticos.
En su decisión, firmada por la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila, la Corte
negó la libertad por vencimiento de términos, pero sí revocó la medida de
aseguramiento, argumentando que “resulta innecesaria” en este momento procesal.
Además, la resolución establece que Ramírez deberá comprometerse formalmente a
comparecer ante las autoridades cada vez que sea requerido.
El fallo reabre el debate sobre las garantías judiciales y la celeridad de los
procesos en casos de corrupción, especialmente cuando se trata de figuras con
poder político.
Por supuestas chuzadas, Álvaro Uribe renunció a
preclusión en caso hacker

En un giro inesperado dentro de uno de los procesos judiciales más emblemáticos
de la última década en Colombia, el expresidente Álvaro Uribe Vélez anunció este
viernes, 2 de mayo, que renuncia de manera voluntaria a la
prescripción del proceso que se le sigue desde 2014, relacionado
con el escándalo de interceptaciones ilegales a los negociadores del proceso de
paz en La Habana, Cuba.
Durante una audiencia celebrada en la Fiscalía General de la Nación solicitó a
una jueza de conocimiento la preclusión del caso por el
delito de concierto para delinquir agravado, argumentando que el término legal
para continuar con la investigación ya se había cumplido.
Sin embargo, el ente acusador aclaró
que seguirá adelante con la investigación por otros tres delitos: uso de
software
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malicioso, violación de datos
personales y acceso abusivo a un sistema informático, todos agravados.
Frente a esta solicitud, el exmandatario tomó la palabra y pidió expresamente
que no se aceptara la solicitud de la Fiscalía. “Ruego a usted no aceptar esta
solicitud de preclusión. Me permito renunciar a la prescripción y voy a dar
solamente una razón, señora juez: Está aprobado que yo me enteré de esos temas
cuando aparecieron por los medios de comunicación. Nunca tuve participación”,
afirmó Uribe.
Desde su vinculación al proceso en 2014, el expresidente ha defendido su
inocencia, negando cualquier conocimiento o participación en los hechos. Estas
acciones fueron atribuidas principalmente a integrantes de la campaña
presidencial de Óscar Iván Zuluaga, dentro de la cual operaba el hacker Andrés
Sepúlveda, condenado a diez años de prisión por su rol en la obtención ilegal de
información y sabotaje al proceso de paz del entonces presidente Juan Manuel
Santos.
La defensa del exmandatario, liderada por el abogado penalista Jaime Granados,
insistió en la necesidad de una pronta decisión judicial, subrayando el impacto
personal y político que ha tenido el proceso sobre su cliente. “Ya ha sufrido
bastante el doctor Álvaro Uribe Vélez con las demoras del sistema de justicia en
responder a su reclamo”, expresó.
Granados también destacó que, al renunciar Uribe a su derecho a la prescripción,
lo procedente es que se continúe con el ejercicio de la acción penal hasta una
decisión de fondo. La jueza deberá ahora pronunciarse sobre esta inédita
petición, que podría reconfigurar el curso de un caso que ha sido símbolo de las
tensiones políticas y judiciales en el país.
Piden sancionar a Petro por irrespetar
fallo sobre consejo de ministros

María Cristina Cuéllar, accionante de la tutela que originó la regulación de las
transmisiones televisivas de los consejos de ministros en canales privados, ha
solicitado ante el Consejo de Estado la apertura de un incidente de desacato
contra el presidente de la República, Gustavo Petro.
La petición se basa en una reciente intervención televisada del mandatario, a
quien Cuéllar acusa de haber transgredido nuevamente los límites establecidos
por el fallo judicial.
La intervención en cuestión, según la tutelante, no se trató de una alocución
presidencial legítima, sino de un espacio extensivo y politizado en el que Petro
habría abusado de su investidura para atacar decisiones judiciales, medios de
comunicación y gremios económicos, en lugar de centrarse en la situación de
salud pública relacionada con la fiebre amarilla. “Lo sucedido en realidad no
fue una alocución, sino una intervención extensa, orientada inicialmente a
criticar el fallo de tutela…”, se lee en el documento presentado por Cuéllar.
Además, la solicitud critica que la transmisión incluyó a otros funcionarios del
gobierno y careció de contenido técnico o preventivo sobre la fiebre amarilla, a
pesar de haber sido presentada bajo ese pretexto. Para Cuéllar, esto constituye
una burla a la orden de amparo emitida por el Consejo de Estado, lo que
evidenciaría un desprecio por la institucionalidad y la ley.
La accionante califica la actuación del presidente como una “maniobra” para
evadir el cumplimiento de la tutela, representando un “claro abuso de poder
presidencial”. Por ello, exige medidas preventivas y sancionatorias que eviten
futuras vulneraciones a los derechos fundamentales que, según ella, están siendo
menoscabados por la conducta del Ejecutivo.
Entre las propuestas incluidas en el escrito, Cuéllar plantea la implementación
de sanciones “creativas”, como permitir a los canales privados desvincularse de
este tipo de transmisiones sin temor a represalias, así como la imposición de
multas o incluso arrestos, si fuera necesario.
Antecedentes jurídicos
El caso tiene como base una tutela fallada por el
Consejo de Estado en la que se estableció que las intervenciones del presidente
a través de los canales privados
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deben cumplir criterios de
necesidad, proporcionalidad y contenido institucional. El fallo surgió a raíz de
la creciente utilización de estos espacios por parte del gobierno para
transmitir consejos de ministros y otras actividades de índole política, lo que
fue considerado una vulneración al equilibrio informativo y al derecho de los
medios privados a determinar su programación.
El Consejo de Estado ordenó que toda intervención del Ejecutivo en los canales
privados debía ceñirse estrictamente a los fines establecidos por la ley,
especialmente los definidos en el artículo 189 de la Constitución, que permite
al presidente dirigirse a la nación en circunstancias excepcionales mediante
alocuciones institucionales. El uso excesivo o con fines proselitistas de estas
transmisiones fue considerado inconstitucional por exceder los límites del poder
ejecutivo en medios de comunicación privados.
Este antecedente se convirtió en un precedente jurídico relevante sobre la
regulación del uso del espectro electromagnético por parte del gobierno,
subrayando que su uso debe respetar los principios de pluralismo, neutralidad y
libertad de prensa. La solicitud de desacato actual se enmarca precisamente en
este contexto, al considerar que la reciente intervención presidencial vulnera
lo dispuesto en dicho fallo.
En mayo habrá elección atípica de
alcalde en seis municipios

Este domingo tendrán lugar tres elecciones de alcalde en el departamento de
Boyacá en los municipios de Duitama, Nuevo Colón y La Victoria. En este mes
también se verificarán comicios atípicos en Tolima, Santander y La Guajira.
La Registraduría Nacional informó que en la elección de alcalde de Duitama, un
total de 96.490 ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto. Se instalarán 245
mesas, distribuidas en 22 puestos de votación.
El Consejo de Estado anuló la elección del alcalde de este municipio, José
Bohórquez López, por incurrir en doble militancia.
En el municipio de Nuevo Colón, 4.921 ciudadanos están habilitados para votar.
La Registraduría instalará un puesto de votación, que estará conformado por 13
mesas.
El Consejo de Estado tumbó la elección de la alcaldesa Alba Marantá porque en
los comicios de octubre de 2023 votaron personas no residentes en este
municipio.
En La Victoria, 1.608 ciudadanos podrán votar para elegir a su mandatario. La
Registraduría Nacional instalará 6 mesas de votación, distribuidas en 3 puestos.
El Consejo de Estado también dejó sin efecto la elección del alcalde de este
municipio, Alcides Pabón, porque hubo trashumancia en la votación. Es decir, en
La Victoria sufragaron ciudadanos que allí no residían.
En tanto que el 18 de mayo se producirán elecciones atípicas en el municipio de
Coyaima (Tolima), en el municipio de Oiba (Santander) y en La Jagua del Pilar
(La Guajira).
En Coyaima, 18.905 ciudadanos podrán acudir a las urnas para elegir a su
alcalde. La Registraduría Nacional instalará 54 mesas, distribuidas en 10
puestos de votación.
La elección del alcalde de este municipio, Oswaldo Alape Arias, fue anulada por
el Consejo de Estado por doble militancia, es decir, apoyar candidatos que no
son de su partido.
En Oiba, 9.945 ciudadanos están habilitados para votar. Se instalarán 3 puestos
de votación, que estarán conformados por 27 mesas.
Son necesarias nuevas elecciones en esta localidad porque el Consejo de Estado
declaró nula la elección del alcalde Elkin Reyes porque en 2023 votaron personas
de otros municipios, lo que también se conoce como trasteo de votos.
En la elección de alcalde de La Jagua del Pilar, un total de 4.473 ciudadanos
podrán ejercer su derecho al voto. La Registraduría Nacional instalará 12 mesas,
distribuidas en 2 puestos de votación.
El Consejo de Estado declaró nula la elección del alcalde José Morón al llegar a
la conclusión de que incurrió en doble militancia.
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