12 -

 

ESPECIAL

 

Pereira, Colombia - Edición: 12.914-494

Fecha: Martes 26-04-2022

 

Cannabis: Vicio o Salud

 


Bien conocido en el mundo que en Colombia hay un camino recorrido que ha situado al país en un lugar preponderante y de gran potencial en el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y en su posicionamiento internacional. Tras la aprobación de la ley 1787 de 2016 que crea el marco regulatorio para el acceso al cannabis con fines médicos y científicos y su posterior reglamentación a través del Decreto 613 de 2017, ha habido un gran interés de inversionistas locales e internacionales para participar en el sector, a través de solicitudes de licencias de cultivo, procesamiento y distribución.

tomando en consideración la basta cantidad de terreno fértil en Colombia es posible sacarle provecho a todo esto en manera de la parte económica para el país, además que el Cannabis presenta un marco regulatorio establecido y una demanda potencial importante en el sector agroindustrial, existen condiciones favorables para la producción en Colombia como los bajos costos laborales, clima y luminosidad de 12 horas diarias. A ellos se agrega la existencia de una experiencia productiva relevante vinculada a la floricultura y a la industria farmacéutica.

El objetivo de este estudio es hacer un diagnóstico de la situación actual del mercado de cannabis medicinal en Colombia y de su potencial de crecimiento hacia futuro. Con este fin, se diseñó una Encuesta de caracterización de la industria del cannabis medicinal en Colombia”. Esta encuesta fue aplicada a 32 empresas (15 de ellas con actividad productiva) que cuentan con licencias del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Salud para la producción y transformación de cannabis con fines medicinales.

 


La cadena productiva del cannabis integra un conjunto de actividades que van desde la etapa de siembra, cultivo y cosecha de la planta, hasta la extracción de derivados que sirven como insumo principal para la elaboración de diversos productos más sofisticados.

 

La planta de cannabis tiene múltiples usos, entre los que se destaca, además del medicinal, el uso en sectores como el de alimentos, bebidas, y cosméticos. El uso industrial del cáñamo, una variedad del canngabis se utiliza también en la producción de papel, fibra, celulosa y materiales de construcción, entre otros.

La selección y mejoramiento del material vegetal en la industria del cannabis permite la generación de variedades adaptadas a las condiciones agroecológicas de la zona de cultivo, y ha facilitado el desarrollo de variedades que sirven para la obtención de cannabinoides psicoactivos (THC) y no psicoactivos (CBD, CBN) de manera diferencial. El resultado final, es la existencia de múltiples variedades de la planta cuya composición varía en función de los usos industriales, medicinales y recreativos. La investigación requerida para la obtención de variedades y para la estandarización del material vegetal es imprescindible para el desarrollo de la industria y se debe llevar a cabo en ese primer
eslabón de la cadena, que es la producción de semillas.

Es así como la Resolución Número 227 del 18 de Febrero del 2022, del Presidente Iván Duque deja plasmado que, las partes adoptarán las medidas legislativas y administrativas que puedan ser necesarias para limitar exclusivamente la producción, la fabricación, la exportación, la importación, la distribución, el comercio, el uso y la posesión de estupefacientes a los fines médicos y científicos.

Es así como de manera absoluta en el Capítulo 01 del Titulo 2 (Licencias), de solicitudes y otras disposiciones.

Artículo 5. Solicitud de licencias. El interesado deberá acreditar junto con la solicitud el cumplimiento de los requisitos generales establecidos en el artículo 2.8.11 .2.2.1. sustituido por el Decreto 811 de 2021 al Decreto 780 de 2016, así como los requisitos especificas según el tipo de licencia y la(s) modalidad(es) a

 

 

 

solicitar, e iniciar el proceso de su solicitud a través del Mecanismo de Información para el Control de Cannabis (MICC).


Parágrafo. Las personas que radiquen solicitudes de licencia a partir de la entrada en vigencia del presente acto administrativo deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente
resolución.

Artículo 6. Contenido del acto administrativo de otorgamiento de la licencia. El acto administrativo en virtud del cual se otorga una licencia contendrá:


1. Motivación para el otorgamiento de la licencia.


2. Tipo de licencia otorgada.


3. Modalidad(es) en las que se otorga la licencia.


4. Identificación de la persona que se autoriza a través de la licencia, segun corresponda:


4.1. Nombre y tipo de documento en caso de persona natural.


4.2. Razón social y número de identificación tributaria (NIT) en caso de persona jurídica o acta de constitución del esquema asociativo en caso que no constituya persona jurídica. Igualmente, el acto contendrá los nombres del representante legal principal, o principales cuando aplique.


5. Identificación del inmueble que contenga la información de los literales a) y e) del numeral 3 del artículo 2.8.11 .2.2.1 . sustituido por el Decreto 811 de 2021 al Decreto


780 de 2016, incluyendo municipio y departamento en el que se encuentra ubicado.
 

6. Identificación del área de cultivo O de fabricación cuando esta corresponda a una porción del inmueble.
7. Vigencia de la licencia.

Con ello queda establecido que la explotación del Cannabis en la parte farmacéutica y medicinal formará parte esencial de la estabilidad económica del país para los próximos años.

 

 

  

 

 

  

 

 

EL IMPARCIAL

Submit

 

 

©El Imparcial Editores S.A.S  |   Contacto 606 348 6207  

 

    © 1948-2009 - 2022 - El Imparcial - La idea y concepto de este periódico fue hecho en Online Periodical Format (OPF) que es un Copyright de ZahurK.

    Queda prohibido el uso de este formato (OPF) sin previa autorización escrita de ZahurK