UIAF replica afirmación de Duque sobre posible
espionaje a oposición
Un “profundo rechazo” a la declaración del expresidente Iván Duque en el sentido
de que se estaría usando el aparato de inteligencia para perseguir y buscar
información financiera de los opositores hizo la Unidad de Información y
Análisis Financiero (UIAF).
En reciente entrevista a la revista “Semana”, el pasado 23 de marzo, el
expresidente Duque sostuvo que “aunque no me consta, hay rumores del uso del
aparato de inteligencia para hacer persecución, buscar información financiera de
los opositores, etc.”.
A través de un comunicado, esa Unidad expresó que “frente a semejante afirmación
sin fundamento la UIAF declara su profundo rechazo y reafirma su más estricto
respeto frente a las garantías que la inteligencia financiera le ofrece al
ejercicio de la oposición política”.
La Unidad reiteró su “compromiso con la no repetición de las malas prácticas del
pasado”.
En el comunicado también insiste que tanto la UIAF como todos los organismos de
inteligencia, cumplen el deber legal de “proteger el buen nombre de todos los
colombianos” y tras señalar que el 19 de marzo se llevó a cabo una sesión
reservada de la Comisión Legal de Seguimiento a las Actividades de Inteligencia
y Contrainteligencia, en cumplimiento de su misión de “ejercer el control
político, controlar el adecuado uso de los recursos de los organismos de
inteligencia, y en general verificar el respeto de las garantías
constitucionales por parte de la comunidad de inteligencia”
En la misma, agrega, se “resaltó el estricto cumplimiento de la Ley de
inteligencia en relación con las garantías para la oposición política y para
ello se leyó en voz alta la siguiente sección de la norma: En ningún caso la
información de inteligencia y contrainteligencia será recolectada, procesada o
diseminada por razones de género, raza, origen nacional o familiar, lengua,
religión, opinión política o filosófica, pertenencia a una organización
sindical, social o de derechos humanos, o para promover los intereses de
cualquier partido o movimiento político o afectar los derechos y garantías de
los partidos políticos de oposición”. (Ley 1621 de 2013, art. 4).
En otro acápite manifiesta: “la UIAF subrayó como relevante para el ejercicio de
sus funciones una sentencia judicial en la que se afirma que los congresistas
Gustavo Petro Urrego y Piedad Córdoba fueron tratados como blancos políticos.
Dicha sentencia es un referente legal, ético e histórico sobre el modo en que NO
debe ser usada la inteligencia en contra de la oposición, ni en contra de los
Magistrados de la República”.
Y, a renglón seguido transcribió un aparte del fallo de la Corte Suprema de
Justicia en la que se resumen los hechos probados por la Fiscalía: “La Fiscalía
General de la Nación ha establecido con probabilidad de verdad que durante los
años 2005 y 2008, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los congresistas
Piedad Esneda Córdoba Ruíz y Gustavo Petro Urrego, fueron considerados blancos
políticos y, en consecuencia, materia de sistemáticas acciones de inteligencia
estatal, por fuera de los cánones legales, a instancia de operaciones conjuntas
de servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad y de los
doctores Mario Aranguren Rincón y Luis Eduardo Daza Giraldo, Director General y
Subdirector de Análisis de Operación de la
Unidad de Datos y Análisis
Financiero, UIAF, respectivamente”.
Así va el revolcón institucional para la
donación de órganos en Colombia
El instituto Nacional de Salud y las organizaciones médicas han hecho un
análisis del panorama que registra Colombia en donación de órganos y tejidos, en
aras del beneficio para aquellos que están en la lista de espera para poder
salvar su vida. Un hecho preocupante que observan es la deficiencia en la forma
cómo se informa a los ciudadanos sobre la importancia de este procedimiento.
No todas las personas pueden donar
órganos y tejidos, para esto se debe cumplir una serie de requisitos tanto
médicos como físicos; además, no todas las maneras de morir aplican para
realizar procedimientos quirúrgicos de trasplante.
El doctor Guiovanni Rubiano, director General del Instituto Nacional de Salud,
explicó que “el Instituto ha estado al frente de la donación de órganos y
tejidos por más de 20 años en Colombia y es la cabecera de la red de trasplantes
en desarrollo de estas actividades”.
Explicó que “en el año 2005, el Instituto asumió la red nacional de trasplante,
y en ese sentido se asume la función de coordinación de la red a tres niveles:
nacional, regional y en articulación con el Ministerio de Salud, además de las
asociaciones de usuarios, las unidades de beneficio y las unidades de diálisis”.
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Además, dijo, para acceder a procedimientos de trasplante “el paciente ingresa a
una lista de espera para un proceso de donación, se verifica su compatibilidad
con el donante y el órgano a trasplantar por medio de una serie de pruebas
médicas y validaciones; lo primero que debe ocurrir es que un médico
especialista debe certificar al paciente la necesidad de realizar un
trasplante”.
Posteriormente, el galeno aclara “la ley colombiana en el Decreto 2493 de 2004 y
la Resolución 2640 de 2005, controla la donación de órganos y tejidos con fines
de trasplante al consentimiento escrito de la familia del paciente. El
beneficiario debe superar las pruebas médico científicas, la EPS receptora debe
hacer el seguimiento del órgano y controlar el procedimiento desde la cirugía
hasta la fase postoperatoria y de seguimiento clínico del beneficiario”.
Según Rubiano, “ese es el último eslabón de la cadena de tragedias porque cuando
un paciente está en nivel de trasplante es porque hubo un descuido en la gestión
del riesgo de su asegurador o la falla del estado en verificar que ese paciente
presentaba dificultades renales u otra enfermedad que determinó su condición
terminal”.
En ese sentido que, agrega que “solo los pacientes que se encuentran en Unidades
de Cuidado Intensivo, (UCI), que presenten muerte encefálica, son donantes
candidatizados porque los órganos se encuentran en funcionamiento a través de
los equipos médicos, porque las condiciones de temperatura y quirúrgicas del
donante son las adecuadas para el trasplante. Pero se debe contar con la
aprobación de la familia del fallecido para hacer el procedimiento”.
Por otra parte, el director de la entidad explica que “las unidades de
trasplante son administradas y lideradas por importantes instituciones y
hospitales especializados en trasplantes de órganos y tejidos que se
operan desde la Red Data o centro de
acopio de información, que es la cabeza de los procedimientos y el centro de
control para todas las entidades”.
Al respecto, explica que las ciudades con mayor número de trasplantes son Bogotá
con el 44,8%, Neiva con el 17,1%, Bucaramanga que tiene el 17,1%, Cali con el
14,8% y Medellín registra el 11,6%, siendo los más importantes los trasplantes
de riñón con un 70% de casos, corazón presenta un 18% y pulmón con el 12%
restante.
Asimismo, indicó que “en el último año se realizaron en Colombia 1.190
trasplantes, en una recuperación que se ha dado durante los últimos tres años de
la pandemia por covid-19. Aún no se alcanzan las cifras de 2019 cuando se
realizaron en total 1.303 trasplantes. Esa emergencia médica del 2020 registró
800 trasplantes; El año 2021 señaló un incremento del 17% con 938 trasplantes y
la cifra más alta después de la pandemia es la registrada del 2022 con 1.190
trasplantes y un crecimiento del 21,1%”.
Habría más desplazamiento en suroccidente del país
por cese el fuego con disidencias
Un incremento en el desplazamiento y confinamiento de población en el
suroccidente del territorio nacional prevé la Codhes (Consultoría para los
Derechos Humanos y el Desplazamiento), como consecuencia de la suspensión del
cese el fuego con el Estado Mayor Central de las Farc en Nariño, Cauca y Valle.
El reinició de las operaciones militares comenzó el pasado miércoles por
decisión del presidente Petro contra esta disidencia por su incumplimiento con
lo pactado.
“Hemos monitoreado el
desplazamiento, en este año ya superamos mil casos de desplazamiento forzado
masivo desde la firma del Acuerdo de Paz (en 2016), y obviamente la mayor parte
de esos acontecimientos se han dado en la costa Pacífica departamentos como
Nariño, como Cauca, como Chocó, el Valle. Obviamente también hay afectaciones en
otras regiones del país como la zona de Catatumbo, que está muy sometida a
rigores de violencia; la zona de Arauca, la zona del sur de Córdoba, Antioquia.
Es decir, las zonas afectadas incluso han crecido desde la firma del Acuerdo a
ahora”, explicó a EL NUEVO SIGLO el director de Codhes, Marco Romero Silva.
Agregó el académico que en este Gobierno se ha visto la disminución en el
desplazamiento en algunas regiones. “Por ejemplo, cuando se presentan ceses del
fuego con el Eln o ceses del fuego en general, hemos visto disminución de
estas hostilidades, en Buenaventura, en Antioquia también las negociaciones con
las bandas”.
No obstante, anotó Romero, “a veces también genera la lógica de que el que está
ejerciendo una violencia desde una agrupación de estas, pues busca tener un
reconocimiento determinado en las negociaciones, y para escalarlo a veces
desarrollan más acciones de violencia, como hemos visto en la costa Caribe”.
En cuanto a qué podría ocurrir en materia humanitaria en el suroccidente del
país por la suspensión del cese el fuego con las disidencias de las Farc en el
suroccidente del país, que había sido prorrogado hasta mediados del presente
año, Romero advirtió que “pienso que vamos a tener desafortunadamente cifras
difíciles en materia de desplazamiento, pero hay que hacer un llamado a estos
grupos y al Gobierno para buscar reencauzar esas negociaciones, a fin de ir
cerrando esos conflictos. El objetivo tiene que sacar esa violencia de la vida
social y política en Colombia”.
¿Qué pasó en 2023?
Al principio de este mes la Defensoría del Pueblo entregó un informe a la Corte
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Constitucional en donde deja
constancia que para el 2023 se presentaron 154 eventos de desplazamiento forzado
masivo en el territorio nacional. Esta cifra representa un incremento del 7% en
comparación con el año 2022, cuando hubo 144 eventos.
Los 154 eventos de desplazamiento afectaron principalmente a cinco
departamentos: Nariño, con 38% de los eventos; Chocó, 12%; Antioquia y Valle del
Cauca, con 10% cada uno, y Cauca, con 8%.
Los meses que presentaron un mayor incremento en el número de eventos fueron
julio a septiembre (tercer trimestre), con 56. Frente al año 2022, cuando el mes
con más afectación fue enero con 31 eventos.
Frente a la conducta vulneratoria de confinamiento, para el 2023 se presentaron
215 eventos, lo cual representa un incremento del 63% respecto al 2022, cuando
se registraron 132. Entre los departamentos más afectados están Chocó, con 123
eventos; Putumayo, con 22, y Nariño, con 21.
La Defensoría indicó que preocupa que el 30% de los eventos de confinamiento
afectan a comunidades negras; el 50% a población indígena y el 30% restante de
los eventos han afectado a la población campesina, en los años 2022 y 2023.
Finalmente, en cuanto a los eventos de riesgo de desplazamiento masivo forzado
y/o confinamiento para el año 2023, se registraron 124 eventos en donde los
departamentos con mayor afectación fueron Caquetá, con 26 eventos registrados;
Antioquia, Chocó y Putumayo, con 11 eventos.
Los beneficios que traería la reforma a la Ley de
Veteranos de guerra
Mientras sigue avanzando el reconocimiento de la mesada 14 para los miembros de
las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, activos y en retiro, en el
Congreso de la República también hace tránsito el proyecto de ley a través del
cual se crean beneficios para las Fuerzas Armadas con la modificación de la Ley
del Veterano.
La iniciativa registra varios beneficios y crea la dirección de los veteranos
reconociéndolo como un grupo. Además, le entrega funciones especiales, que
tengan acceso a sus propios medios de comunicación y que se incluya a soldados
voluntarios que prestaron su servicio militar.
la viceministra de Veteranos y del Grupo Social y empresarial de la Defensa (Gsed),
Ana Catalina Cano, hablaron sobre los desarrollos de la Ley de Veteranos y los
beneficios que los cobijan.
“Entre los avances destacados en la implementación de la Ley 1979 de 2019,
podemos indicar lo siguiente: La sanción de dos decretos reglamentarios en 2020:
los decretos 1345 y 1346, implementación del Registro Único de Veteranos (RUV),
con más de 46.000 veteranos debidamente registrados, caracterizados y
acreditados; beneficios en prestaciones sociales para más de 4.200 soldados e
infantes de marina profesionales, y tramitación de un proyecto de ley para
beneficiar a cerca de 1.200 soldados e infantes de marina voluntarios en la
reliquidación de su pensión por invalidez; implementación del fondo de educación
superior, beneficiando a 116 veteranos con créditos condonables, y apropiación
de 5.000 millones adicionales para impactar a más de 150 veteranos en 2024”,
dijo.
Sobre otros beneficios, hizo referencia a “la apropiación de 10.400 millones de
pesos para la entrega de vivienda de interés prioritario a soldados regulares
pensionados por invalidez, con el objetivo de entregar 85 soluciones de
vivienda; divulgación de ofertas laborales y desarrollo de diálogos regionales
para estructurar la política de atención integral al veterano y participación en
los Juegos Invictus 2023; acceso gratuito a museos y parques arqueológicos, y
conmemoración del Día del Veterano en 30 ciudades”.
Ejes fundamentales
Cano aseguró que sí se están cumpliendo los ejes fundamentales. “Sí, la
implementación de la Ley y los logros obtenidos demuestran su cumplimiento”.
Además, consultada sobre el difícil el proceso de inscripción debido a las
exigencias de la ley, respondió que “no es una inscripción, sino un proceso de
acreditación voluntaria que puede realizarse virtualmente, a través del portal
web www.divri.gov.co, o personalmente, en la Dirección de Veteranos y
Rehabilitación Inclusiva (Divri) en Bogotá, entidad que trabaja para garantizar
el bienestar a los veteranos de la Fuerza Pública y sus familias”.
Destacó que “acceden a beneficios en vivienda, educación, recreación, deporte, y
préstamos hipotecarios con tasas preferenciales a través del programa Caja
Honor”.
Muchos se preguntan si los militares y policías que salieron del servicio serán
protegidos por la ley, a lo que Cano contestó: “Son veteranos de la Fuerza
Pública quienes cuentan con una asignación de retiro, son pensionados por
invalidez o reservistas de honor; también quienes participaron en nombre de
Colombia en conflictos internacionales o han sido reconocidos como víctimas por
hechos ocurridos en servicio activo o en razón del mismo. Es decir, que si
nuestros militares o policías que terminan su servicio por alguna de las razones
descritas, claro, serán beneficiados por la Ley del Veterano. Es importante
precisar que la Ley otorga beneficios para los veteranos y el núcleo familiar
definidos en el artículo segundo. El sistema de protección social y el sistema
de salud especial para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, está
establecido ya en las diferentes leyes vigentes, es decir, la ley no concede
beneficios en salud, porque ya están protegidos por el sistema de salud lo que
hace es otorgar algunas herramientas para contribuir la calidad de vida”. |