Conceden amnistía a firmante de paz involucrado en
ataque a CATAM
Luego de un proceso de investigación y contrastación, que incluyó el concepto
jurídico de una Amicus Curiae, la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP determinó
que el ataque perpetrado por las FARC-EP —el 21 de octubre de 2003— contra el
Comando Aéreo de Transporte Militar (CATAM) de Bogotá es una infracción al DIH
que no supone un crimen de guerra debido a que la afectación no fue grave. Al
definir este concepto, la magistratura otorgó la amnistía a Lisardo Valderrama
Rojas, integrante de la extinta estructura guerrillera.
Tres argumentos llevaron a la Sala a tomar esta decisión. El primero se
relaciona con el hecho de que solo se usó una de las dos armas destinadas para
el ataque. De acuerdo con el relato de los hechos ante la jurisdicción
ordinaria, el ataque se planeó para disparar dos granadas. Una se lanzó y la
otra quedó en el lugar desde donde se dio la operación. En la decisión, la Sala
explicó que el artefacto nunca se usó, ni tuvo una destinación diferente a la
planeada. El atentado se declaró fallido y quien lo llevó a cabo huyó del lugar
de los hechos.
El segundo argumento es la inexistencia de daños. Ninguna de las dos granadas
causó heridas a civiles ni afectaron bienes jurídicos como la vida o la
integridad personal. Asimismo, tampoco se produjeron daños materiales a bienes
civiles. Y, en tercer lugar, la Sala tuvo en cuenta que “tampoco hubo una puesta
en peligro con significado social para los derechos fundamentales a los que
tiene la sociedad o el colectivo, quienes son el sujeto pasivo o titular del
bien jurídico de la seguridad pública”.
Amparada en estos tres argumentos, la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP
concluyó que la verificación de ausencia de daños en el ataque contra CATAM hace
que la infracción al Derecho Internacional Humanitario no alcance el umbral de
gravedad necesario para considerarse esta conducta específica de terrorismo como
crimen de guerra.
Para tomar esta decisión, la Sala de Amnistía o Indulto incluyó la
jurisprudencia de la Sección de Apelación de la JEP que indica que solo las
infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario pueden ser consideradas
como crímenes de guerra. Una infracción que carezca de esa connotación de
gravedad o seriedad no podrá adquirir tal entidad y, por ende, el DIH no plantea
un obstáculo insalvable para la aplicación de la amnistía como ocurre en este
caso.
En Colombia, la amnistía ha sido un recurso legal y político ampliamente
utilizado en procesos de paz anteriores. A través de las amnistías los Estados
buscan un equilibrio entre cumplir los estándares internacionales y resolver la
situación jurídica de quienes dejaron las armas y no tenían procesos pendientes
con la justicia por graves crímenes para poder dar el tránsito hacia un país en
paz. Las amnistías son un beneficio jurídico que elimina la responsabilidad
penal de un delito y anula la sanción correspondiente en los casos que los
comparecientes no sean responsables de crímenes de guerra ni de lesa humanidad.
Durante el trámite de estudio de esta amnistía, además, la magistrada Marcela
Giraldo Muñoz, de la Sala de Amnistía o Indulto visitó las instalaciones de la
base militar y contrastó la información con miembros de las Fuerzas Militares de
Colombia. También se le realizó una entrevista a Milton de Jesús Toncel Redondo,
conocido como ‘Joaquín Gómez’ excomandante del Bloque Sur de las FARC-EP, para
que ampliara información acerca del ataque contra la base militar y recibió
aporte de verdad del compareciente Valderrama Rojas.
Al efectuarse la amnistía, Lisardo Valderrama Rojas, quien había sido condenado
por el delito de terrorismo en calidad de coautor por los hechos ocurridos el 21
de octubre de 2003, en Bogotá, con una pena de 11 años de prisión, obtiene la
libertad definitiva. El
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magistrado Pedro Julio Mahecha,
presidente de la Sala de Amnistía o Indulto presidirá una audiencia de
imposición del Régimen de Condicionalidad y el compareciente deberá cumplir sus
compromisos ante el Sistema Integral para la Paz.
Capturan a ‘El Chivo’,
cabecilla del Clan del Golfo en Tarazá, Antioquia
El Ejército Nacional, la Fuerza Aérea y el CTI de la Fiscalía General de la
Nación, capturaron en las últimas horas a dos presuntos integrantes del Clan del
Golfo, entre los que se encuentra alias el Chivo o el Viejo, quien al parecer
fungía como cabecilla político de las subestructura Yeison Leudo Chaverra, del
grupo armado organizado Clan del Golfo.
La operación se produjo en el sector conocido como Chuchui, en zona rural del
municipio de Tarazá, Antioquia. Durante la acción se incautaron tres armas de
fuego tipo pistola calibre 9 mm, 95 unidades de munición, una granada de
fragmentación, proveedores; un radio de comunicaciones, 10 teléfonos celulares,
cartillas instructivas de este grupo criminal, documentos varios, una camioneta
y 12 millones de pesos en efectivo.
De acuerdo a las investigaciones de inteligencia militar, alias el Chivo o el
Viejo, sería el encargado de coordinar los instructores de las escuelas
clandestinas de formación del Clan del Golfo, para realizar el reclutamiento
forzado de menores de edad y fortalecer las filas de este grupo criminal.
Así mismo, es señalado junto a otros cabecillas de este grupo criminal, de
instrumentalizar a la población civil del Bajo Cauca antioqueño, con el
propósito de llevar a cabo las manifestaciones y bloqueos sobre la Troncal de
Occidente durante el presente año y de direccionar a las comunidades en los
eventos del paro minero presentados en en el 2023 en esta subregión del país.
Con la captura de alias el Chivo se afecta las redes logísticas y criminales de
esta estructura sobre los departamentos de Antioquia, Córdoba y Sur de Bolívar,
perdiendo la capacidad de instrumentalizar a la población civil. Adicionalmente,
se logra desestabilizar en gran parte la relación entre el GAO Clan del Golfo y
las comunidades sometidas a su actuar criminal.
Los capturados fueron dejados a disposición de las autoridades competentes, con
el fin del continuar con las investigaciones y los procesos judiciales
correspondientes.
Ratifican condena de 19 años de cárcel a miembros de
Primera Línea
Cuatro miembros de la Primera Línea, identificados como Wilson Reinel Moreno,
Justo Ernesto Villarraga, Érika Lorena Flórez y Greissy Alexandra Perilla,
fueron condenados a más de 19 años de prisión por el Tribunal Superior de
Bogotá.
La sentencia, dictada por el magistrado Jaime Andrés Velasco, confirma los
cargos de concierto para delinquir, terrorismo, violencia contra servidor
público, daño en bien ajeno y perturbación del transporte público. Estos jóvenes
inicialmente negaron los cargos, pero la sentencia ratificó su participación en
los disturbios de noviembre de 2021.
El fallo se basó en pruebas contundentes |
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presentadas por la Fiscalía, que
incluían interceptaciones telefónicas y evidencias de reuniones con exmiembros
de la guerrilla de las FARC. Estas pruebas demostraron que los acusados
organizaron y coordinaron entrenamientos para infiltrar de manera violenta las
manifestaciones que tuvieron lugar los días 21 y 22 de noviembre de 2021.
El magistrado Velasco destacó que las interceptaciones telefónicas jugaron un
papel crucial en el caso. Estas grabaciones revelaron cómo los acusados
planificaron y ejecutaron el entrenamiento de estudiantes universitarios para
que se integraran violentamente en las protestas. En particular, se señaló a
Érika Lorena Flórez Durán como la principal coordinadora de estos
entrenamientos.
"Florez Durán, fue la coordinadora y estructuradora para entrenar a los jóvenes
en las universidades, ¿y para qué los iban a entrenar? ¿para jugar fútbol, jugar
ajedrez, tocar un instrumento? no, los entrenaban para infiltrarse de forma
violenta en las manifestaciones como sucedió" explicó Velasco. Además, se
comprobó que los condenados se reunieron en Soacha con un excombatiente de la
columna Manuel Marulanda Vélez de las FARC, lo que sugirió una conexión con
grupos armados ilegales.
El magistrado Velasco subrayó que, aunque la protesta social es un derecho
fundamental, las acciones de noviembre de 2021 excedieron los límites de la
protesta pacífica y se convirtieron en actos vandálicos que perjudicaron
gravemente a la ciudadanía. La sentencia de 19 años busca no solo sancionar a
los responsables, sino también enviar un mensaje claro sobre las consecuencias
de incurrir en actos de violencia durante manifestaciones.
Esta ratificación de la condena a los miembros de la Primera Línea marca un
precedente importante en la justicia colombiana respecto a la violencia en las
protestas, reafirmando el compromiso de las autoridades en preservar el orden
público y proteger los derechos de todos los ciudadanos.
Destituyen al coronel Juan Suárez por evadir sus
funciones en Cauca
Luego del escándalo que protagonizó el coronel Juan Carlos Suárez, comandante
del Comando Operativo y de Estabilización y Consolidación Apolo, tras ser visto
en un evento de música en la ciudad de Cali, el general Helder Giraldo,
comandante de las Fuerzas Militares, confirmó que el uniformado saldrá de la
institución por evadir sus funciones.
Varias denuncias en donde acusaban a Suárez de salir de fiesta en reiteradas
ocasiones a pesar de no tener ninguna autorización para abandonar su puesto,
provocaron que se iniciara una investigación en su contra.
“El Ejército Nacional no tolera ningún acto o situación que atente contra los
valores y principios institucionales, así como aquellas conductas que pongan en
riesgo la seguridad de las tropas e instalaciones militares”, indicó el Ejército
en un comunicado.
Y es que el coronel cumplía una labor de suma importancia en la coyuntura de
Cauca, pues tenía la misión de combatir los grupos armados ilegales. La
violencia presente en el departamento por los enfrentamientos entre acciones
disidentes de las FARC, han puesto en riesgo a las tropas del Ejército y a la
población civil.
“Él está inmerso en una investigación disciplinaria y penal, lo que arroje la
misma de tomarán las acciones contundentes contra esta persona por los presuntos
delitos que pudo haber cometido”, aseguró Giralda para un medio.
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