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Pereira, Colombia - Edición: 13.381-961 Fecha: Jueves 12-12-2024 |
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Este es el calendario tributario en Colombia para 2025 |
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Marzo – abril: desde el séptimo al décimo sexto día hábil de mayo. Para 2025 las fechas serán entre el 12 al 23 de mayo.
Mayo – junio: desde el séptimo al décimo sexto día hábil de julio. Para 2025 las fechas serán entre el 09 al 22 de julio.
_Tributario_2025.pdf
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de otros commodities, los proveedores de infraestructura del mercado de valores y quienes tienen como actividad económica principal la generación de energía eléctrica a través de recursos hídricos, tendrán que liquidar un anticipo por el año gravable 2025. Este será calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2024 y su pago estará dividido en dos cuotas iguales, teniendo en cuenta el último dígito del NIT:
y Complementario del año gravable 2024.
Renta y Complementario del año gravable 2024 y pagado en dos cuotas iguales, teniendo en cuenta el último dígito del NIT:
Enero – febrero: hasta el 14 de marzo de 2025.
Impuesto sobre la Renta y Complementario de personas naturales y
sucesiones ilíquidas
Las personas naturales residentes en el exterior deben tener en cuenta estos mismos plazos para el cumplimiento de su obligación.
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cumplimiento de los requisitos respectivos, tendrán hasta el último día hábil de mayo, que en 2025 será el 30 de mayo, para presentar la declaración y pagar la primera cuota.
Por último, hasta el 30 de mayo de 2025 es el plazo para que los contribuyentes, a quienes se les apruebe la vinculación del Impuesto de Renta a obras por impuestos, consignen en la fiducia los recursos destinados a la obra o proyecto.
No cumplir a tiempo con estas obligaciones implica la reclasificación en el RUT como contribuyente del Régimen Ordinario.
Grandes contribuyentes: de acuerdo con el último dígito del NIT, entre el séptimo y décimo sexto día hábil de abril; es decir, entre el 09 y el 24 de abril de 2025.
Declaración informativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia
Por último, hasta el décimo día hábil de diciembre los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementario obligados a aplicar el régimen de precios de transferencia y que cumplan alguno de los supuestos señalados en el numeral 2 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario, podrán presentar el informe país por país, independientemente del último dígito del Número de Identificación Tributaria – NIT. Para 2025 la fecha es el 15 de diciembre.
También corresponderán los mismos plazos a los responsables de IVA por la prestación del servicio telefónico.
Noviembre – diciembre: del séptimo al décimo sexto día hábil de enero. Para 2026, del 13 al 26 de enero.
Noviembre – diciembre: hasta el décimo día hábil de enero de 2025; es decir, hasta el 16 de enero de 2026.
Mayo – agosto: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de septiembre; es decir, entre el 09 y el 22 de septiembre de 2025.
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