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JUDICIAL

 

Pereira, Colombia - Edición: 12.956-536

Fecha: Martes 02 de agosto de 2022

 

Alias Memín, cabecilla de grupos paramilitares, acepta 167 cargos
 



Esta actuación es el resultado de una gran investigación relacionada con los crímenes cometidos contra la población civil en 27 municipios del noroccidente de Antioquia.

Alias Memín reconoció homicidios, desapariciones, secuestros, casos de tortura, hurtos y desplazamientos forzados entre otras conductas delictivas ocurridas en Frontino.

Como parte de una macroinvestigación que busca esclarecer los crímenes atribuidos a las grupos paramilitares que delinquieron en 27 municipios del noroccidente de Antioquia, entre 1996 y 2005, la Fiscalía General de la Nación logró que Luis Arnulfo Tuberquia, alias Memín, aceptara su responsabilidad en 167 hechos de graves agresiones contra la población civil.

El procesado, quien fue el máximo cabecilla del entonces Bloque Noroccidente Antioqueño de las extintas AUC y atendía órdenes directas de la denominada ‘Casa Castaño’, indicó que hombres armados a su cargo se dedicaron a ubicar a personas señaladas equivocadamente de ser colaboradoras de las extintas Farc, las sacaron de sus casas y negocios o las interceptaron mientras se movilizaban en vehículos de servicio público, y las sometieron a diferentes conductas ilícitas.

Este accionar violento fue indiscriminado y dejó como víctimas a agricultores, comerciantes, menores de edad, mujeres e integrantes de comunidades indígenas de la región.

En una primera fase del procesao, relacionada exclusivamente con los delitos cometidos en Frontino (Antioquia), alias Memín reconoció, entre otros, 31 casos de homicidio en persona protegida, 25 de desaparición forzada, 40 de deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de la población civil; 46 de secuestro, 10 de tortura en persona protegida, 7 de hurto agravado y calificado; y uno de acceso carnal violento.
 

Exfiscal Fabio Augusto Martínez condenado por 'chuzadas'
 



La Fiscalía General logró establecer la participación del exfiscal especializado Fabio Augusto Martínez en una red de corrupción,

 

 

 

la cual interceptó ilegalmente las comunicaciones de profesionales y representantes de empresas y sindicatos entre 2017 y 2018.


De acuerdo con la entidad, Martínez utilizó su cargo para concertarse ilícitamente con otros funcionarios y particulares con el propósito de obtener información privada y corporativa que, posteriormente, fue comercializada a terceros. En el curso del proceso fueron documentados siete eventos distintos en los que faltó a su deber constitucional y fue invadida la privacidad de las víctimas.

En todos los casos que se le atribuyen al exfiscal, las órdenes de interceptación fueron legalizadas ante jueces de control de garantías con documentos que contenían datos y hechos contrarios a la verdad, lo que hizo incurrir en error a los diferentes despachos judiciales.

El señor Martínez Lugo, mediante preacuerdo, aceptó de manera libre y voluntaria su responsabilidad.

 

Este reconocimiento fue avalado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que lo condenó a siete años y tres meses de prisión por los delitos de: concierto para delinquir, fraude procesal, prevaricato por acción y violación ilícita de comunicaciones.

El fallo dispone que la pena se cumplirá en centro carcelario y que el sentenciado deberá pagar una multa de 302 millones de pesos; además de enfrentar inhabilidad de 87 meses para ejercer cargos públicos. “La Fiscalía ha llegado a exponer un preacuerdo claro, respetuoso y verdaderamente conectado con las funciones profundas de estos mecanismos de justicia”, precisó el Tribunal Superior en la decisión.

Durante la audiencia en la que la Fiscalía presentó el preacuerdo, el exfuncionario judicial ofreció excusas públicas. Pidió perdón a la Fiscalía, la Rama Judicial, las víctimas y la sociedad por sus actos delictivos y los daños causados.
 

Fiscalía pide nuevamente preclusión del caso contra Álvaro Uribe
 



La Fiscalía General de la Nación solicitó nuevamente la preclusión del caso contra el expresidente Álvaro Uribe por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal, luego de ejercutar siete inspecciones.

El ente acusador indicó que realizó "14 declaraciones, realizó un interrogatorio al imputado, ejecutó siete inspecciones a diferentes autoridades, hizo una búsqueda selectiva en base de datos y practicó pruebas técnicas y análisis forenses en fotografía y video, acústica, informática forense y extracción de información de teléfono celular, entre otras" en esta nueva fase del caso.

Ante esta situación, el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Cárdernas, consideró que "se han configurado las causales de preclusión de atipicidad de la conducta e imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia, que

 

 

 

serán presentadas en la audiencia respectiva".

Cabe recordar que este proceso judicial lleva varios meses e inició por una denuncia que puso el mismo expresidente Uribe señalando al senador Iván Cepeda de ofrecer sobornos a testigos, en los que se encuentran varios exparamilitares para declarar en contra de él.
 

Sin embargo, en el transcurso de la investigación, la Corte cerró el caso en contra del senador y la abrió en contra del exmandatario por las visitas que realizó su abogado Diego Cadena a la cárcel.

Es importante mencionar que esta es la segunda vez que la Fiscalía realiza esta solicitud, el pasado 5 de marzo del 2022 la presentó , pero el juez 28 Penal del Circuito con Función de Conocimiento la negó en abril.


Tribunal de Bogotá anuló condena contra Carlos Mattos
 



El Tribunal Superior de Bogotá falló en favor del empresario Carlos Mattos anulando su condena de cinco años y nueve meses de prisión por el caso de Hyundai.

Mattos se encuentra pagando su condena en la cárcel de Cambita, Boyacá, sin embargo el alto tribunal determinó que la Fiscalía no probó que el señalado presentara incremento patrimonial gracias a las decisiones judiciales que se desprendieron de los sobornos a diferentes funcionarios públicos.

Cabe recordar que el tribunal ya había anulado otra condena de nueve años y cinco meses de prisión, con este mismo argumento. En ese entonces, el Tribunal precisó que el condenado debía reintegrar al menos la mitad del incremento patrimonial para acceder al beneficio de la rebaja de pena.

"Para acceder a la rebaja de la pena en caso de allanamiento o hacer procedente el preacuerdo, debe reintegrar por lo menos 50% del valor equivalente al incremento percibido y asegurar el recaudo del remanente".

 

 

  

 

 

 

  

 

 

  

 

 

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