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COLUMNISTAS |
Pereira, Colombia - Edición: 13.491-1071 Fecha: Sábado 17-05-2025 |
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EL SENDERO DEL DHARMA
Por: Gongpa Rabsel Rinpoché
La Enfermedad como Camino: Un Despertar a la Impermanencia y la Reconciliación
En el camino del Budhismo Sammasati, la enfermedad, especialmente aquellas crónicas como el cáncer, se percibe no como un castigo o una desgracia, sino como una profunda oportunidad para el despertar.
Estas experiencias nos invitan a contemplar la impermanencia de nuestra existencia física y a cultivar la sabiduría y la compasión.
La Impermanencia
como Maestra
Cultivando la
Sabiduría y la Compasión |
muestra la impermanencia de la vida.
* Es una oportunidad para la reconciliación y el amor.
* Nos invita a cultivar la sabiduría y la compasión.
Es importante recordar que este enfoque no busca minimizar el
sufrimiento que la enfermedad puede causar, sino ofrecer una perspectiva que
permita encontrar significado y crecimiento en medio de la adversidad.
Derechos Humanos y protección
Por: Guillermo
Navarrete Hernandez Los Derechos Humanos están
intrínsecamente ligados a términos como dignidad, libertad, respeto, convivencia
y protección. Estos no solo son necesarios para la interacción entre seres
humanos, sino también para la relación entre los mismos humanos y lo no humano,
para hacer posible la existencia. Por su parte, la vulnerabilidad,
derivada de las debilidades inherentes a la condición humana, las amenazas
determinadas por aquellas externalidades que pueden alterar actividades
consideradas normales en un contexto dado y los riesgos vistos como la
probabilidad de que la amenaza se materialice con el menoscabo de la calidad de
vida de las personas, son parte del tal paralelismo. En tal contexto, la protección
-definida según la RAE como resguardar a una persona, animal o cosa de un
perjuicio o peligro-, es fundamental para evitar eventos adversos a la dignidad
de las personas y garantizar el goce efectivo de derechos. Sin embargo, en
situaciones de violencia sistemática, violencia intergeneracional, de riesgo de
desastre, de corrupción sistemática y de ausencia del Estado, esta tiende a
volverse esquiva y opaca, especialmente para quienes poseen altos niveles de
vulnerabilidad. Las sociedades desde su génesis
instituyeron medios para su protección, el ejército es uno de ellos. Además de
ser un deber transversal en todas las acciones que despliegue el Estado,
incluso, para evitar abusos de este en contra de la ciudadanía. Razón de ser del
sistema de pesos y contrapesos propios de la autonomía de las ramas del poder
público y de los organismos de control, cuando su gestión se orienta de manera
cierta al servicio de los intereses generales. |
Thomas Hobbes, filósofo inglés
nacido en abril de 1588, plantea la necesidad de una fuerza común que se
materializa en un Estado fuerte y autoritario, al cual denominó “Leviatán”, y
que debe encaminar sus esfuerzos para regular la agresividad, característica
intrínseca del ser humano, generadora de desconfianza, inseguridad, temor y
acaecimiento de procesos de violencia. El Estado ocupa un lugar trascendente
para defender al hombre de las acciones del propio hombre. En otras palabras, se
configura una cesión del poder individual a un poder soberano que ejerce el uso
legítimo de la fuerza para proteger la vida de todos y asegurar la paz (Mota,
2018, pp. 101-104). A partir de la lucha de pueblos que debieron soportar los vejámenes de regímenes totalitarios y atroces, característica esencial de los grandes forjadores de imperios, pero también de una paradójica combinación de misericordia al reconocer las creencias, cultura y costumbres de estos, los códigos fueron consolidándose en instrumentos de convivencia entre diferentes e, incluso, para permitir el retorno al país de origen cuando hubiesen sido objeto de desplazamiento forzado, como así sucedió con el pueblo judío cuando Ciro II conquistó Babilonia. Tal es el caso del Código de Hammurabi, escrito en el año 1750 a.C, por el Rey de Babilonia, de quien se desprende dicho nombre.
Sin embargo y ante prácticas reiteradas de crueldad durante los conflictos armados, se determinó la necesidad de crear organismos supranacionales que regulen y, en ciertos casos, juzguen crímenes o delitos graves en contra de la humanidad. El Tribunal Internacional de Núremberg, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y El Tribunal Internacional para Rwanda, son algunos ejemplos. En la actualidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional, son instancias convencionales que obligan a los Estados a diseñar e implementar medidas que garanticen la garantía y protección de los derechos humanos. Es de anotar que por tradición Colombia es un país que ha suscrito y ratificado la mayor parte de tratados internacionales sobre esta materia, además de consagrar en su normativa interna, desde la Constitución Política, dichas disposiciones.
No obstante, la persistente presencia de grupos armados al margen
de la Ley, en los que la ideología es parte de una retórica engañosa, la
corrupción., la más deleznable práctica de la clase política, y la impunidad que
generan repudio de la sociedad e incredulidad en las instituciones hacen muy
difícil dicha labor.
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