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  Página 04                                             Pereira - Colombia. Año 61 - Segunda época -  Nº 12.428-08 - Fecha: 08-21-2009

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POLÍTICA

 

Conforman Red de Amigos de los Ríos

DOPAD ALERTA SOBRE RIESGOS

DEL CAMBIO CLIMÁTICO

 

Pereira, 20 de agosto de 2009.

La Alcaldía de Pereira, a través de la Dirección Operativa para la Prevención y Atención de Desastres, llamó la atención de las comunidades para que  se preparen ante eventuales casos que pongan en riesgo sus vidas, a propósito del inesperado cambio climático que se registra por estos días debido a la ola de intenso calor o por fuertes lluvias acompañadas de vientos huracanados, que afectan las zonas de alta pendiente o inestabilidad geológica.

Leandro Jaramillo Rivera, director de la DOPAD, dijo que los pronósticos del IDEAM indican que debido a la presencia de fuertes corrientes de aire frío que han llegado a nuestro territorio, se espera para mediados de septiembre el inicio de la temporada invernal moderada, para lo cual se deben tener en cuenta las recomendaciones de la Dopad y de los organismos de socorro y de emergencia.

 

Red de amigos del Consota

Mientras tanto continúa el monitoreo en los ríos y las quebradas que atraviesan el municipio, labor que adelantan funcionarios de la Oficina para la Prevención y Atención de Desastres con  una brigada de  los bomberos que están en permanente contacto con la red de amigos del río Consota. Ésta fue conformada debido a las inundaciones  que se presentaron en abril pasado en distintos barrios ubicados en las orillas de este afluente, causando la pérdida de  enseres y daños en las viviendas, además de varias familias damnificadas que fueron atendidas por la Alcaldía.

Capacitación

El ingeniero Leandro Jaramillo al anunciar la necesidad de  capacitar a los habitantes de la avenida del Río para conformar la red de amigos del Otún y estar listos en caso de producirse una emergencia por inundación o deslizamiento de tierra en el lugar, dijo que a través de los comuneros y de los comunales se podrán inscribir ante las juntas respectivas. Son aproximadamente veinte barrios que circundan el río Otún desde el sitio Pedregales (barrio Risaralda) hasta  Pimpollo o Libaré, sobre la vía al corregimiento de La Florida.

 

EXCELENTE DESEMPEÑO FISCAL

PorLuis Alberto Figueroa

Dosquebradas  ocupa el primer lugar entre los 14 municipios de Risaralda en desempeño fiscal, y se ubicó en el tercer puesto en el Eje cafetero superado solo por los municipios de Vella María y Manizales, de acuerdo con los resultados entregados por el Departamento Nacional de Planeación. 

Esta Noticia fue recibida con beneplácito por la Alcaldesa LUZ ENSUEÑO BETANCURT BOTERO, teniendo en cuenta que a nivel nacional Dosquebradas logró situarse en el puesto 128 de un total de mil 100 municipios de Colombia para la vigencia de 2008.

La burgomaestre, BETANCUR BOTERO, expreso al periódico El Imparcial que el excelente desempeño en manejo de las finanzas corresponde a la política de austeridad puesta en marcha a fin de reducir los gastos de financiamiento.

 

Periodistas PRI

ACUERDO ENTRE LA GOBERNACIÓN Y PERIODISTAS DE RISARALDA 

En marco de la fiestas Aniversarias de Pereira 146 años, Periodistas de Risaralda y la Gobernación, sellaron un acuerdo para trabajar conjuntamente por los habitantes de  los catorce municipios que conforman el departamento de Risaralda, en diferentes frentes donde se cobija:  respeto a las leyes Divinas, educación, sentido de pertenencia, amor por el deporte, vidas ejemplares, despertar cívico, rescate de sanas costumbres, rechazo al consumo de drogas, defensa de nuestros valores, apoyo a  la niñez, un espacio con equidad para nuestras mujeres, difusión de necesidades con las respectivas líneas de difusión en un macroprograma “SENTIMIENTO DE TODOS”.

El primer paso se comparte una oficina con el Gobernador Víctor Manuel Tamayo Vargas, en  la antigua sede de Cajanal –ubicada en la carrera 7 entre calles 23 y 24-, para servir de puente entre la comunidad y la administración departamental.

El segundo paso hace relación a “Cultura Sentimiento de Todos” para recorrer los municipios Risaraldenses, con una marathón de conferencias donde, los Comunicadores veteranos del PRI, divulgarán la historia –en todas sus modalidades- del desenvolvimiento cotidiano de esta próspera región Colombiana con una visión periodística adquirida como fieles testigos de la misma.

El tercer paso comprende un merecido reconocimiento a los ejecutivos del año en el departamento de Risaralda. Ceremonia que se realizará al finalizar cada año.

El cuarto paso lo constituye un homenaje a los fundadores del Círculo de Cronistas Deportivos de Risaralda. La ceremonia, abanderada por  la Gobernación, se realizará el 1 de Febrero del 2010 dentro de la programación de celebración de los 43 años del departamento. El evento es organizado por el PRI y CICRODEPORTES RISARALDA.

INTEGRANTES DEL PRI

El Pri agrupa a connotados Periodistas que han ejercido, y ejercen, su profesión en el departamento de Risaralda; ente ellos:

1-Miguel Álvarez de los Ríos

2- Silvio González Mora

3- Orlando Cataño Céspedes

4- Luis Alberto Ruiz Peñuela

5- Ramón Echeverri Peláez

6-Rubén Darío Franco Narváez

7- Fernando Pineda Ortiz

8- Jairo de Jesús Vélez Castaño

9- Juan Alberto Rivera

10-Daniel Alfonso Benítez Revellón

11- Mario Múnera Montoya

12- Luis Alberto Martínez

13- Fabio Restrepo Aljure

14- Carlos Alberto Muñoz Celis

15- Raúl Quijano Posada

16- Luis Francisco Díaz Cardozo

17- Carlos Zapata

18- Álvaro  Covelly Sanjuán

19- Lucio Enrique Benavides Rosero

20- Germán  Alberto Ossa Echeverry

21. Gustavo Adolfo Rentería Pino

22-Oscar Hincapié Velásquez

23- Luis Alberto Figueroa

24-José Alberto Giraldo

25- Capellán Padre Nelson Giraldo Mejía

 

LA INSEGURIDAD SOCIAL DE LOS PENSIONADOS

 

Manuel Iturralde

 Acaso algunos burócratas del ISS piensen, con mentalidad perversa, que pocos pensionados son conscientes de sus derechos.

Martes 11 Agosto 2009

El pasado 14 de mayo un pensionado de 62 años se presentó ante un juzgado laboral del circuito de Bogotá. El motivo: había presentado una demanda contra el Instituto de Seguros Sociales. El ISS, a pesar de haber reconocido su derecho a disfrutar de su pensión de jubilación, le negó la aplicación del régimen transitorio establecido en la Ley 100 de 1993 al que tenía derecho por haber cotizado por más de 15 años antes de que esta norma entrara en vigencia. El régimen de transición es más beneficioso que el actual pues fija el monto de la pensión según los parámetros del sistema de pensiones que desapareció, monto que es mayor que el del régimen actual.

El pensionado demandante se había pasado a los fondos privados de pensiones y decidió volver al régimen público de prima media del Seguro Social poco antes de cumplir los requisitos de jubilación, por considerar que bajo éste obtendría una mejor pensión. Sin embargo, el Instituto de Seguros Sociales le reconoció una pensión mucho menor a la que esperaba con el argumento de que había perdido el derecho a disfrutar del régimen de transición.

 El Instituto basó su decisión en el Decreto 3800 de 2003 (que desarrolla algunas disposiciones de la Ley 100 de 1993), el cual agregó un requisito adicional, no establecido en la Ley 100 ni en otras leyes que la modificaron, para que las personas que quieran pasar del sistema privado de pensiones al público puedan hacerlo sin perder su derecho a pertenecer al régimen de transición. En plata blanca, este requisito adicional, no contemplado en la ley, busca reducir el número de personas que vuelven al régimen público de pensiones, así como el monto de éstas. Es decir, un ahorro de recursos públicos a costa de los derechos de los pensionados.

Como lo ilustra este caso, el Instituto de Seguros Sociales ha negado sistemáticamente en los últimos seis años las solicitudes de numerosos jubilados que tienen derecho a acceder al régimen de transición, con el argumento de que estaba aplicando la normatividad vigente.

 Sin embargo, esta postura del Instituto, que a un observador desprevenido le puede parecer legal, implica unas maniobras bastante cuestionables. El Instituto de Seguros Sociales ha desconocido la jurisprudencia de la Corte Constitucional que ha establecido de manera clara que quienes accedieron al régimen de transición por llevar más de 15 años cotizados antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, pueden pasarse en cualquier momento, antes de jubilarse, del régimen privado de ahorro individual al público de prima media (sentencias C-789 de 2002, C-1024 de 2004, C-625 de 2007, T-347 de 2008 y T-168 de 2009).

Esto sin que se les pueda exigir requisito adicional alguno, dado que se están protegiendo las expectativas legítimas que tenían de acceder al régimen de pensiones vigente antes de la entrada en vigor de la Ley 100. Además, el Instituto de Seguros Sociales desconoció durante 4 meses una decisión del Consejo de Estado al seguir aplicando hasta julio 7 de este año el Decreto 3800 de 2003, el cual fue suspendido provisionalmente por este tribunal, el 5 de marzo de 2009, mientras decide una demanda de

 

nulidad presentada contra dicho decreto.

Esta dudosa forma de actuar del Seguro Social está acompañada por altos grados de improvisación y negligencia, como lo demuestra la audiencia ante el juez laboral a la que asistió el pensionado demandante de nuestro caso. En dicha audiencia se pretendía establecer si era posible que las partes conciliaran o si se debía seguir con el proceso laboral.

 Una abogada se hizo presente en representación del ISS. Sin pudor alguno, la abogada solicitó al juez el expediente, que ella no tenía ni conocía, con el fin de familiarizarse con el caso en cuestión de segundos y sentar la posición del Instituto. El abogado del pensionado manifestó el interés de su cliente en conciliar. El juez indicó a la abogada del Seguro que la demanda no había sido contestada adecuadamente y que, a pesar de que había dado un plazo al Instituto para corregirla, éste no lo hizo. Por ello la demanda se entendía como no contestada.

 A pesar de esto, la abogada del ISS se negó a llegar a un arreglo con el argumento de que asuntos de ley no podían ser conciliados y que por ello se atenía a lo expuesto en la contestación (inexistente) de la demanda. El juez laboral se vio obligado a continuar con un proceso que el Instituto de Seguros Sociales sabía que iba a perder pues no contestó la demanda (con lo cual se daban por ciertas las pretensiones del demandante) y porque las decisiones de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, mencionadas en la audiencia, hacían inaplicables las normas en que el Instituto basaba su decisión.

Este caso, de por sí aberrante, lo es más si se tiene en cuenta que tan lúcida estrategia jurídica del Seguro Social con gran probabilidad ha sido replicada en numerosas ocasiones con el fin de ahorrar recursos al Estado por medio de la elusión de sus deberes constitucionales y legales.

 Acaso algunos burócratas del Seguro piensen, con mentalidad perversa, que no muchos pensionados son conscientes de sus derechos o que, si lo son, no tendrán la energía ni recursos para contratar un abogado y esperar meses o años a que se resuelvan sus peticiones.

 Esta estrategia del Instituto de Seguros Sociales en realidad no le ha ahorrado dinero al Estado dado que casos como el mencionado, que han sido y serán fallados en su contra, resultan muy costosos pues habrá de por medio indemnizaciones y pagos de intereses de mora. De otra parte, el Seguro Social no parece tener en cuenta que poner en movimiento el aparato judicial del Estado de manera innecesaria cuesta mucho dinero (seguramente más del que pretende ahorrar) y congestiona aun más la de por sí sobrecargada justicia colombiana. Así, sería mucho mejor (en términos económicos y de manejo eficiente de recursos públicos) reconocer los derechos a la seguridad social de los pensionados en su debido momento.

A los funcionarios del Instituto de Seguros Sociales les queda el argumento del principio de legalidad: deben aplicar la ley vigente, por absurda o injusta que sea, pues ése es su deber legal; de lo contrario pueden ser sancionados disciplinaria e incluso penalmente.

 Pero esta afirmación también es refutable; como se vio, han aplicando normas que altos tribunales han retirado del ordenamiento jurídico. Y lo que es peor, están olvidando que, como el nombre de la entidad en la que trabajan lo indica, su deber constitucional es proteger los derechos a la seguridad social de todos sus afiliados, no violarlos por quedar bien con sus jefes o conservar el puesto.

 

                 

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